Si usted está divorciándose o conoce a alguien en dicha situación, preste atención, pues dos abogados explican el proceso de división de bienes y abordan las dudas más frecuentes en torno a él.
En primer lugar, es importante aclarar el término “capitulaciones”, el cual se refiere a un convenio legal entre la pareja que establece cómo se administrarán y dividirán las posesiones antes, durante y después del matrimonio.
Cuando existe este documento, se procede conforme lo dicta, sin embargo, es poco empleado por los costarricenses.
Cuando alguno no quiere ceder
“Si ambas partes están de acuerdo en la división o la renuncia del patrimonio, el juez simplemente da el visto bueno. El escenario más común es que las parejas no hagan capitulaciones matrimoniales y, al momento del divorcio, uno de los dos no quiera ceder”, afirma Sofía Cordero, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR).
Mientras que Dennis Solano, profesional en derecho, detalla que el procedimiento usual es destinar un 50% para cada uno: “La única forma de que esto no ocurra es mediante el acuerdo prenupcial (capitulaciones)”.
Lo anterior se ampara en el artículo 141 del Código de Familia y se consideran diversos factores, como la cantidad de bienes, la existencia de hijos y otros elementos relevantes. Por lo tanto, es recomendable presentar la mayor cantidad de pruebas posibles que verifiquen lo que le pertenece.
¿Y si ocultan los bienes?
Algo frecuente es intentar ocultar bienes mediante donaciones o traspasos a familiares, como padres o hermanos.
“En estos casos, si se demuestra que los traspasos se hicieron con el objetivo de evitar la división de bienes, el juez puede ordenar detener dichas transacciones e investigarlo”, señala Cordero, quien aconseja avisar al abogado para que eleve la situación al Juzgado.
Cuando se presenta una demanda de divorcio, resulta posible solicitar una medida cautelar para evitar que el patrimonio sea transferido o vendido antes de la resolución del proceso.
¿Cuáles se reparten?
Solo las posesiones adquiridas durante el matrimonio bajo un esfuerzo común entran en la repartición, si una de las partes se niega, el juez determinará el derecho de cada una sobre ellas. No se toman en cuenta aquellas obtenidas por suerte, como un premio de lotería, o antes del casamiento, tampoco las heredadas.