Fecha de publicación:
Fecha de modificación:
Los proveedores de servicios de activos virtuales deberán identificar a sus clientes, conservar información sobre sus operaciones y facilitar datos a las autoridades como parte de las medidas que plantea la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) para prevenir el lavado de dinero y otros delitos financieros.
La propuesta de modificación del Acuerdo Sugef 13-19, remitida a consulta pública por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), incorpora a estos proveedores entre los sujetos obligados por la Ley 7786.
Sin embargo, la inscripción ante la Superintendencia tendrá fines exclusivos de prevención de la legitimación de capitales, el financiamiento al terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva; no será una autorización para operar ni un respaldo de sus servicios.
“Lo que la ley habilitó es la posibilidad de que las personas se registren ante la superintendencia y que estén de alguna forma supervisadas por temas de legitimación de capitales nada más. No es una legislación que habilite una regulación fintech como la que existe en Chile, en Colombia, en México y en muchos países del mundo”, explicó Javier Cascante, exsuperintendente de Entidades Financieras.
Entre los principales cambios, el proyecto obliga a los proveedores a identificar y verificar a sus clientes habituales y a los beneficiarios finales. Para los clientes ocasionales, establece controles cuando una operación única o varias relacionadas alcancen o superen los $1.000.
También deberán conservar registros verificables de las transacciones, incluidos la fecha, el monto, el tipo de activo y las direcciones de las billeteras involucradas.
La propuesta exige, además, obtener, conservar y transmitir información sobre el originador y el beneficiario de las transferencias de activos virtuales. Los proveedores deberán contar con mecanismos para detectar operaciones inusuales o sospechosas y valorar su reporte a las autoridades competentes.
Stephanie Sánchez, directora legal de BlockRock y presidenta de la Cámara de Blockchain, Inteligencia Artificial y Tecnologías Emergentes (CBIAT), señaló que las nuevas obligaciones siguen la lógica de otros sujetos que ya deben reportar operaciones sospechosas.
“Ahora será en la parte de activos virtuales a todas las empresas, prestadores de servicios que tengan esto como una actividad habitual, que tengan una contraprestación comercial y que tengan que identificar a sus clientes, gestionar los riesgos vinculados a estos clientes, identificarlos, el conocido ‘KYC’ y también reportar operaciones sospechosas”, indicó.
La propuesta también incorpora obligaciones para evaluar los riesgos de nuevos activos, servicios y modelos de negocio. Los proveedores deberán considerar aspectos como el anonimato, la trazabilidad, las operaciones transfronterizas y el uso de billeteras no custodiadas. Además, deberán aplicar medidas de debida diligencia simplificadas o reforzadas según el nivel de riesgo y evitar relaciones comerciales con clientes anónimos o que utilicen nombres ficticios.
Cascante afirmó que el reto no consiste únicamente en inscribir proveedores, sino en que la supervisión comprenda las particularidades de una actividad distinta de la banca tradicional.
“No es lo mismo un banco, no es lo mismo una financiera, no es lo mismo una fintech. Estos son servicios muy especializados que van a decir que, obviamente, el supervisor, en este caso la superintendencia, no se limite nada más a un tema de registro, sino que en temas de prevención del lavado de dinero establezca ciertas prerrogativas a quienes operen esos servicios en Costa Rica”, manifestó.
Sánchez señaló que la industria necesita un marco más amplio, con categorías claras para los activos digitales y una autoridad especializada. También cuestionó el plazo disponible para conocer y comentar la propuesta, pues, según dijo, varias organizaciones del sector se enteraron de la consulta pocos días antes de su vencimiento. Añadió que existen dudas sobre cómo se determinará cuándo un proveedor deberá contar con un oficial de cumplimiento.
La modificación responde también a los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). En una evaluación publicada en enero de 2023, el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) determinó que Costa Rica no contaba con un marco adecuado para incorporar los activos virtuales y sus proveedores al sistema preventivo, por lo que recalificó la recomendación 15 como “No Cumplida”.
Sánchez indicó que la revisión internacional prevista para el 17 de noviembre evaluará no solo la existencia de normas, sino también su cumplimiento. Cascante coincidió en que aprobar reglas es un paso inicial, pero que la efectividad de los controles será determinante para demostrar avances.
Javier Cascante
Exsuperintendente de Entidades Financieras
“La innovación introduce muchas oportunidades para los negocios, para las personas, para los inversionistas, pero también exige una gestión de riesgos importante. En este caso, la legislación aprobada en Costa Rica es exclusivamente para temas de prevención de lavado de dinero”.
Stephanie Sánchez
Directora legal de BlockRock
“A partir de esta obligación ya tiene que haber más apertura de los bancos. Dado que ahora sí vamos a poder demostrar esa transparencia que ya es incluso obligatoria. Se viene una época muy interesante para la banca costarricense, que va a poder tener acceso a mayor capital”.

