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La mayoría de las suspensiones disciplinarias y demandas civiles contra notarios públicos no provienen de actuaciones dolosas o de mala fe, asegura la Academia Notarial de Costa Rica.
El descuido, la prisa y la falta de verificación previa al otorgamiento de los documentos públicos son parte de los errores que cometen los profesionales que terminan sancionados o suspendidos.
Así lo indicó Herman Mora, presidente de la Academia Notarial, durante una charla donde se analizaron las causas más frecuentes de sanción y los yerros recurrentes en la función notarial.
De acuerdo con Mora, a diferencia de la abogacía de litigio, la labor del notario público reposa sobre una investidura estatal delegada de carácter preventivo, donde la ley no tolera un margen aceptable para el error.
Dado que la función notarial es personalísima e indelegable, el préstamo de protocolo genera gravísimas consecuencias disciplinarias y civiles.
Asimismo, la factura electrónica debe ser emitida de forma exclusiva por el notario autorizante, prohibiendo la práctica de facturar a nombre de bufetes o sociedades para trasladar cargas tributarias.
“La función del notario es personalísima, imagínense que ustedes vayan a una clínica a operarse y el médico les pone la anestesia, se quita los guantes y dice: Seguí vos porque esto es tan fácil que me voy a ir a jugar tenis ¿Qué harían ustedes?”, dijo.
La causal más recurrente en la apertura de expedientes disciplinarios es el incumplimiento de la obligación de lograr la inscripción final de los documentos en el Registro Nacional, según Mora.
Un solo dígito equivocado en una escritura de cientos de palabras basta para frustrar la inscripción y comprometer la responsabilidad del profesional.
Además, la falta por no inscribir un documento es legalmente imprescriptible mientras el bien permanezca en el comercio y sea susceptible de registro.
La única excepción que exime al notario es demostrar fehacientemente que no le fueron cancelados los gastos de inscripción (timbres e impuestos), ya que la falta de pago de honorarios no lo libera de esta obligación.
“El momento en que nosotros autorizamos una escritura, ya nos comprometimos a su inscripción. Si no estamos 100% seguros, no la hagamos”, agregó.
Ante esta problemática, la recomendación de fondo para el gremio notarial costarricense apela a la cautela y al rigor técnico.
“Nosotros teníamos que ser más o menos como un ebanista que medía tres veces y cortaba una. Leamos tres veces a conciencia e imprimamos el documento”, explicó.
Esta información preventiva llega en medio de mayores controles que deben seguir los notarios para cumplir con sus obligaciones y que han generado algunas diferencias.
Esto especialmente con el tema de legitimación de capitales, donde se exige a los profesionales ser más cuidadosos y hacer los reportes de operaciones sospechosas con mayor rigurosidad.
Sin embargo, esto provocó criterios encontrados entre el Colegio de Abogados y la Dirección Nacional de Notariado (DNN).
Ante esto, las autoridades buscan crear una plataforma más robusta que permita realizar estos reportes y evitar discusiones por los actuales lineamientos.
Desde la DNN advierten que los notarios deben cumplir los cumplimientos al 100% para evitar que el país caiga en riesgos de ingresare en una “lista gris” por problemas de “lavado de dinero”.