
CONSULTA: Soy el presidente de una asociación que formamos y se nos extravió la cédula jurídica, entonces solicitamos otra y cuando nos dimos cuenta, el fiscal tenía la que creíamos perdida. Cuando le hablamos dijo que como fiscal era quien debía manejar la cédula. Me gustaría saber sobre la razón de esto.
RESPUESTA: Las asociaciones, fundaciones y sociedades de cualquier tipo ahora son como un ciudadano común.
Ya desde el tiempo de escolares y colegiales tienen su propia identificación, y cuando somos mayores tenemos la cédula de identidad, que nos permite identificarnos y realizar diversas acciones ante autoridades públicas, bancos y empresas privadas.
Al ser mayor de edad adquirimos lo que se llama personería jurídica, que es la facultad de poder actuar según nuestra voluntad, para contratar en cualquier sentido, sin necesidad de que nadie nos represente.
Al menor de edad lo representan sus padres.
Como las asociaciones o sociedades no son personas, también necesitan a alguien físico, de carne y hueso, una o varias personas que la representen.
Esa persona designada en el Registro Nacional es la que tiene la personería jurídica.
Es precisamente el personero jurídico, el presidente según el caso de la consulta, el que debe mostrar la cédula personal para identificarse y la cédula de persona jurídica para identificar a la asociación y mostrar la personería jurídica, que también la emite el Registro Nacional, o se consigue en cualquier sucursal del Banco de Costa Rica.