El anuncio del lanzamiento de “Costa Rica Segura”, por parte del Poder Ejecutivo del Gobierno de la República, para contrarrestar la criminalidad que aqueja al país, contrasta con las directrices que se emiten desde el Poder Judicial.
Lo anterior por cuanto DIARIO EXTRA abordó a Carlo Díaz, fiscal general de la República, quien explicó que en cuanto al artículo 2 de la Ley del Crimen Organizado, este sí esta vigente y las interpretaciones que se hacen sobre que fue derogado son erróneas.
“Para nosotros está completamente vigente, nosotros no tenemos ninguna duda e incluso ya hay tribunales que se han referido al respecto y no considero necesario hacer esa aclaración”, sostuvo Díaz.
Sin embargo, ante la insistencia del Periódico del Pueblo de cómo está la línea del tiempo de las leyes de crimen organizado, se le indicó al jerarca que el asunto comienza en 2009 con la 8754, en que se incluye el Art. 2.3.6 inciso a) 7 y 9. Después, la iniciativa 9481 fue publicada en el diario oficial La Gaceta como Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en octubre 2017 y esta deroga el artículo 2 de la ley 8754.
Siguiendo con el asunto, se da la creación de la propuesta 9591 que incluso variaba el plazo de la entrada en vigencia de la ley 9481 a 18 meses hasta que se contara con contenido presupuestario para su implementación, posteriormente la ley 9769 entra en vigencia el 30 de octubre de 2019, y le cae encima a la 9591, provocando que el artículo 2 nunca entre en vigor y se derogue.
No obstante, el Fiscal General, defendió su tesis de que dicho artículo sí está en vigencia y no hay nada que apelar, pese a que en la continuidad del tiempo reformaron las leyes y desaparecieron el artículo en cuestión, e incluso el abogado Rafael Guillén logró de tal manera liberar a 30 sospechosos detenidos por el presunto delito de narcotráfico pertenecientes a la banda de Los Gery.
“Es una cuestión de Constitucionalidad, no de legalidad, simplemente de legalidad y para nosotros no está derogado”. A esto, DIARIO EXTRA repreguntó: No está derogado porque, ¿cuál es la razón?, hay una ley que quitó otra. “Sí, pero continúo y el artículo no está derogado”, externó el jerarca. Por qué razón, si la ley que lo elimina entró a regir tiempo después, consultamos. “Es que es una interpretación, son 4 leyes y tendría que hacerle una explicación muy larga y no tengo los insumos para hacerla”, sostuvo el Fiscal.
¿QUÉ DICE EL MANDATARIO?
Consultado sobre la posición del Fiscal General, el presidente de la República Rodrigo Chaves refirió que deben ponerse de acuerdo la Fiscalía General, el Poder Judicial, la Sala III y el Congreso, y decidirse.
“Imagínese qué cara le vamos a dar los Poderes de la República, en este caso el Judicial y el Legislativo, si hay que soltar a personas de crimen organizado involucradas y que están en esos procesos simplemente por un fallo técnico, porque es un tema técnico y porque no se han puesto de acuerdo dentro de la Fiscalía, ni dentro del Poder Judicial, la Sala III, ni del Congreso, entonces eso es un llamado muy respetuoso”.
El mandatario se refirió al fiscal Carlo Díaz como un hombre cabal, un funcionario valiente, sin embargo, pese a que Díaz señala que no se ha derogado, es la Sala III según el presidente Chaves la que se mantiene en silencio, pues, aun cuando don Carlo presente a los indiciados ante el juez, la última palabra la tiene el tribunal más alto del Poder Judicial y son quienes deben evitar la liberación de los criminales, pero no han emitido una sola palabra al respecto.
“La Sala III, que es el organismo máximo de la justicia máxima de este país, están calladitos y no se han pronunciado de manera firme y hay un debate como el que hay en la Asamblea, donde el Fiscal General anterior dijo ‘el artículo 2, no esta en vigencia’, por más respeto que yo le tenga a don Carlo, me corresponde decir que el Poder Judicial y la Asamblea Legislativa le harían, y me corresponde decirlo de manera muy respetuosa, le harían un gran bien al país que todas las voces al unísono digan, ‘o tenemos que movernos urgentemente para que no se nos salgan criminales muy peligrosos y que hagan cosas fregadas o todos tranquilos porque los jueces van a actuar de esta manera y las causas van a seguir’”, dijo Chaves.
ABOGADOS
El periódico del Pueblo consultó a varios litigantes de renombre sobre las posiciones encontradas en cuanto a la vigencia o no del artículo 2 y esto es lo que sostuvieron.
El Licenciado Juan Diego Castro advirtió que hubo, “17 días de vacío legal… la derogatoria e irretroactividad …el retardo de año y medio en la aplicación de la ley… los desafíos del crimen organizado… y la impunidad de los megacasos… El debate jurídico está encendido y hoy las brasas de la polémica entre los tres Poderes del Estado se avivaron en Cuesta de Moras. La solución es muy simple: que la Corte Suprema de Justicia pida una interpretación auténtica a la Asamblea Legislativa y… San se acabó… aunque la jueza militante del Frente Amplio se irrite…”, concluyó Castro.
Por su parte el litigante Rafael Guillén advierte que están equivocados los juristas que aseguran que las principales normas de la Ley de Crimen Organizado están vigentes.
“Veamos, las líneas del tiempo en las leyes de cita: 1) Ley N°8754, (año 2009), artículos, 2,3.6 inciso d) 7 y 9 no vigentes. 2) Ley N°9481, (año 2017) Creación de la Jurisdicción de Crimen Organizado. 3) Ley N°9769 (2019), del 30-10-2019.
Con base en la cronología anterior, arribamos a la conclusión de que, los artículos citados están derogados, si bien es cierto, algunos jueces interpretan en forma contraria a la ley, así como el Fiscal General asegura esa tesis equivocada. Lo cierto es que las autoridades deben asumir sus propias responsabilidades y no provocar más confusión, en razón que NO permite este asunto interpretación alguna, las normas están derogadas y los diputados NO pueden repetir el error de los legisladores anteriores. Además, resulta peligroso seguir sosteniendo sin fundamento una tesis contraria a derecho”, enfatizó.
El artículo 2 de la Ley de Crimen Organizado permite que se investiguen los casos de organizaciones criminales ampliamente, como de tramitación compleja, sin esto dichos casos son de trámite simple y por eso escándalos como Diamante o Cochinilla se podrían caer.