La decisión de la junta directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de reducir la nota mínima de incorporación de 80 a 70 ha sido cuestionada por Marylin Arias Mesén, jurista que presentó acciones legales ante la Sala Constitucional y el Tribunal Contencioso Administrativo.
Señala que se violentaron el reglamento de Deontología, la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y la Ley General de Administración Pública con las decisiones de destituir a los miembros del Comité de Excelencia Académica (CEA) y establecer una calificación mínima de 70.
“La junta directiva tiene sus funciones establecidas en la Ley Orgánica del Colegio, en ningún lado dice que estén encargados de destituir comités, tampoco están encargados de modificar notas”, denunció. Además señala que este tema debe ser consultado ante los agremiados en asambleas generales para que lo decida una mayoría.
Por otra parte, la demandante señala que, al enterarse de que la decisión de reducir la nota mínima fue ratificada el 10 de febrero, solicitó el acta de la sesión de la junta directiva, pero hasta la fecha no se le ha entregado.
“Todos estos acuerdos que ellos están tomando carecen de competencia, son actos básicamente nulos. No puede la junta directiva tomarse una atribución de este nivel, llegar a incorporar personas y no compartir la información”, agregó.
Por este motivo, emitió una medida cautelar provisionalísima con el fin de detener cualquier incorporación de personas con una calificación mínima de 70, ya que asegura que podría tener repercusiones jurídicas en el futuro.
“Si usted incorpora en esta primera convocatoria a 1.000 personas, todas están carentes de requisitos porque no están cumpliendo la nota, ya que el reglamento no está modificado.
Entonces ahí se puede generar un proceso de lesividad”, acotó.
Diario Extra consultó al Colegio de Abogados sobre las denuncias planteadas por Arias, sin embargo, al cierre de edición no obtuvimos respuesta.

Marilyn Arias Mesén
Especialista en derecho público
“Todos estos acuerdos que ellos están tomando carecen de competencia, son actos básicamente nulos”.