Porcentaje de embargo sobre salario

    CONSULTA: Tengo un salario de ¢330.000 por mes y un embargo de ¢15.000 por mes, ¿pueden meterme otro embargo?   RESPUESTA: Según la información que consta en la página del Ministerio de Trabajo, el salario mínimo inferior, como el de misceláneo, es de trescientos mil doscientos cincuenta y cinco colones con setenta y […]

Fecha de publicación:

Fecha de modificación:

 

 

CONSULTA: Tengo un salario de ¢330.000 por mes y un embargo de ¢15.000 por mes, ¿pueden meterme otro embargo?

 

RESPUESTA: Según la información que consta en la página del Ministerio de Trabajo, el salario mínimo inferior, como el de misceláneo, es de trescientos mil doscientos cincuenta y cinco colones con setenta y nueve céntimos.

Este salario es inembargable.

Aunque sea por pocos miles de diferencia, su salario es embargable hasta en un 12,5%. Le pueden retener el 12,5% de su salario, sea la suma de treinta y dos mil colones mensuales, por embargo legalmente ordenado por autoridad judicial.