El 31 de enero de 2025, el subjefe del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) en Guápiles, Geiner Zamora Hidalgo, fue víctima de un ataque armado mientras se encontraba a las afueras de un bar-restaurante en Guápiles.
Zamora recibió múltiples disparos en la cabeza y el tórax, lo que lo dejó en estado crítico.
Tras el atentado, el OIJ detuvo a un joven de 20 años, de apellido Guadamuz, en La Rita de Pococí, como sospechoso del ataque.
Fotografía con fines ilustrativas. Foto: Wilbert Hernández.Además, se realizaron 5 allanamientos en sectores como Barrio La Cascada y La Rita, en busca de más información sobre los posibles autores intelectuales del crimen.
Durante la investigación, surgieron nombres como alias “Coco Pastilla” y “Míster Músculo”, este último un exagente del OIJ de apellido Delgado, quien podría tener vínculos con los sospechosos del ataque.
El 3 de febrero, un juzgado penal de Pococí dejó en libertad a 3 sospechosos relacionados con el ataque, argumentando que la prueba presentada no permitía establecer el grado de probabilidad exigido por la ley procesal penal para dictar medidas cautelares que restringen la libertad o derechos fundamentales de una persona.
Esta decisión fue apelada por el Ministerio Público.
El Subjefe del OIJ Geiner Zamora, falleció este martes 4 de febrero, producto del atentado hacia su persona.
Geiner Zamora, subjefe del OIJ en Guápiles.¿Por qué quedaron libres? Abogado penalista explica
Entre los liberados se encuentra el exagente del OIJ de apellido Delgado, conocido como “Míster Músculo”, quien habría sido investigado previamente por presuntos vínculos con el narcotráfico.
Ante esta situación el abogado penalista Edwald Acuña explicó en los micrófonos de Extra Radio las razones legales que llevaron a esta decisión.
“Hay que distinguir entre la suposición de que una persona participa en la comisión de un delito y la prueba que es indispensable llevarle al juez que vincule a la persona con la comisión del delito”, señaló Acuña, enfatizando que sin prueba suficiente, el juez no puede imponer medidas cautelares.
Imagen con fines ilustrativos. Foto: Isaac VillaltaEl Juzgado Penal de Pococí determinó que la prueba presentada por el Ministerio Público no cumplía con el grado de probabilidad exigido por la ley procesal penal para dictar medidas cautelares como la prisión preventiva.
“La sospecha, la hipótesis tiene que probarse… Los criterios de peligrosidad no son admisibles para imponer medidas cautelares ni para sancionar personas”, afirmó Acuña.
La decisión del juzgado fue apelada por el Ministerio Público, lo que significa que un tribunal superior revisará el fallo. Sin embargo, el abogado penalista destacó que el problema de fondo radica en la calidad de las pruebas presentadas.
“Los denuncian de haber cometido un homicidio y es sospechoso de haber cometido el homicidio, pero no hay pruebas ni hay elementos que lo vinculen con el hecho. A ninguno de nosotros podrían detenernos sobre esa base“, sostuvo.
Imagen con fines ilustrativas.“Tiene que haber elementos que objetivamente permitan al juez establecer el vínculo entre el hecho y la participación de la persona en ese hecho. Y la suposición, que es válida como hipótesis de investigación, no es suficiente para establecer medidas cautelares”, agregó.
En cuanto al procedimiento, Acuña explicó que tras un allanamiento, se pueden decomisar celulares, computadoras y otros dispositivos para buscar evidencia, pero este proceso requiere tiempo.
“Yo esperaría que en un transcurso de tres, cuatro días, se tengan los elementos probatorios que deriven de las computadoras y sobre todo de los teléfonos… La regla es que una persona no puede estar detenida a la orden de la policía o del Ministerio Público más de 24 horas. Después de ese plazo, tiene que ser un juez el que resuelva si se mantiene la privación de libertad“, indicó.
Mientras tanto, la investigación sigue en curso y la decisión final sobre la situación legal de los sospechosos dependerá de la resolución de la apelación y de la presentación de nuevas pruebas por parte del Ministerio Público.