Un proyecto de ley busca que las personas que deban pensión no vayan a la cárcel, sino que sean monitoreadas a través de una tobillera electrónica. La propuesta es impulsada por Fabricio Alvarado bajo el expediente 24.255.
En concreto, se plantea que el juez pueda aplicar vigilancia electrónica a quienes les hayan dictado la medida de apremio corporal como alternativa a la prisión siempre que demuestren tener trabajo estable y se comprometan a cancelar la deuda alimentaria en un plazo de 30 días naturales o llegar a un arreglo de pago con la parte beneficiaria.
Si en un plazo no mayor a 30 días naturales el obligado alimentario no cumple con su responsabilidad o desacata el acuerdo de pago, se le dictará el apremio corporal por lo que será llevado a una prisión.
La aplicación de vigilancia electrónica se hará con el consentimiento expreso de la persona y al implementarse el juez deberá explicarle de manera clara los elementos generales de cómo funciona el mecanismo electrónico, cuáles son las condiciones de uso y cuáles serían las consecuencias de su violación. La supervisión y seguimiento de los casos estará a cargo de la Dirección General de Adaptación Social del Ministerio de Justicia y Paz.
Actualmente, el apremio corporal, de acuerdo con la Ley de Pensiones Alimentarias, puede extenderse hasta los seis meses, salvo que se trate de una persona mayor de 71 años, una mujer embarazada o un menor de edad (Ver recuadro)
“La privación de la libertad de los deudores alimentarios no pone alimento en la mesa del menor, solo aumenta el gasto del Estado, mientras complica la posibilidad de que el deudor consiga recursos para cumplir con su responsabilidad.
Este proyecto, además de ayudar a que se cumpla el propósito original de la pensión alimentaria, que es la manutención del menor, también ayuda a disminuir el gasto público y a habilitar más espacios en los centros penales para las personas que sí representan un peligro para la sociedad”, explicó Alvarado, quien asegura que dicha medida significaría un ahorro de más del 50% respecto a los gastos que se generan mensualmente por persona dentro del centro penitenciario
Para 2023, había 317 personas en apremio corporal, 304 hombres y 13 mujeres. Por detenido se invierte al mes cerca de ¢650.000. En la actualidad existen 186.228 expedientes activos de pensiones alimentarias.
“El apremio corporal no beneficia para nada a los auxiliados alimentarios, ni al mismo Estado, ya que esta puesta en prisión no da alguna ventaja o garantía de que el obligado vaya a realizar el pago del auxilio alimentario o que en su estancia el Estado vaya a gestionar cobro alguno por los gastos que va a tener el deudor en prisión.
Con la presente propuesta de ley, se pretende que los apremiados corporales primarios, que por sus deudas vayan a ingresar al sistema penitenciario, se les aplique como medida el monitoreo electrónico que así puedan realizar alguna actividad económica que permita cancelar el auxilio alimentario y que los beneficiarios alimentarios puedan tener calidad de vida”, sostiene el diputado.
TEMA HABITUAL
• Uno de los temas favoritos entre los legisladores de Nueva República (NR) es el de pensiones.
• El diputado David Segura plantea que las autoridades judiciales puedan solicitar facturas o rendición de cuentas a las personas que reciben el dinero. Lo anterior, con el objetivo de que los recursos sean exclusivamente utilizados para la atención de las personas menores de edad.
• Por otra parte, Alvarado presentó un proyecto para facilitar que deudores de pensión alimentaria puedan salir temporalmente del país. La iniciativa es tramitada bajo el expediente 23.584 y ya recibió el aval en la Comisión.
• La propuesta impulsa que el deudor alimentario pueda solicitar, ante el Juzgado de Pensiones Alimentarias que conoce su expediente, autorización temporal de salida del territorio nacional por motivos laborales, de salud o fallecimiento de familiar hasta tercer grado de consanguinidad. Para optar por este beneficio la persona deberá estar al día con el pago de la obligación alimentaria.
• Adicionalmente, la Asamblea Legislativa avanzó con un proyecto de ley para suspender el apremio corporal a quienes deben pensión alimentaria. El texto, impulsado por NR, expone que las personas que están en la cárcel por no pagar esta pensión puedan salir siempre y cuando demuestren que tienen un empleo formal.
¿QUÉ OPINA FUNDIAPHO?
DIARIO EXTRA intentó tener una reacción de la Fundación Instituto de Apoyo al Hombre (Fundiapho), sin embargo, al cierre de edición, no contestaron las llamadas de este medio:
“Este proyecto no es la solución definitiva, pero podría ayudar a los hombres que deben pensión. Es una medida paliativa porque mientras haya desempleo, existirá la problemática. Incluso, la tobillera podría ser un impedimento para que estas personas puedan encontrar o permanecer en sus trabajos.
Aún así, esta medida podría ayudar si se piensa con una política integral y acciones en favor de estas personas obligadas y de los menores de edad. Es una solución a medias, una medida paliativa para evitar la cárcel ¡Hay que analizar esta alternativa!”, dijo Eugenia Quesada Montero, presidenta de Fundiapho.
LA LEY ACTUAL
Ley de Pensiones Alimentarias. N° 7654 establece:
• Artículo 14: Ningún deudor de alimentos obligado a pagar pensión alimentaria, podrá salir del país, salvo si ha garantizado el pago de, por lo menos, 12 mensualidades de cuota alimentaria, el aguinaldo y la totalidad del salario escolar.
• Artículo 24: De incumplirse el deber alimentario, podrá librarse orden de apremio corporal contra el deudor moroso, salvo que sea menor o mayor de 71 años.
LA REFORMA
• El juez podrá aplicar monitoreo electrónico por única vez como medida alterna a la prisión por el dictado de apremio corporal. Podrá siempre que el obligado alimentario demuestre tener trabajo estable y obligarse a la cancelación de la deuda alimentaria en un plazo de 30 días naturales, o llegar a un arreglo de pago.
TICOS OPINAN
José García
“La persona tiene que hacerse cargo sin llegar a cárcel o tobillera. La idea no está mal. Evitaría que las cárceles estén tan llenas. El problema no es la cárcel o la tobillera, sino las personas. Si tienen hijos tienen que mantenerlos”.
José Luis Hernández
“Sería bueno. En la cárcel no se hace nada y afuera podría seguir buscando actividades económicas. Todos tienen la responsabilidad de aportarle dinero a sus hijos”.
Jovito León
“Deberían ver cuáles motivos llevaron a esta persona a no pagar o caer en cárcel. Hay personas que pierden el trabajo y no pueden pagar. Otras no pagan sus responsabilidades. Sería bueno para bajar la cantidad de gente en cárceles, aunque permitiría que personas irresponsables no paguen lo que les toca”.