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La elección de un representante ante la junta directiva de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) desató denuncias por un posible conflicto de intereses y desobediencia al deber de la ética pública en el procedimiento, esto por parte del presidente del Concejo Municipal, José Pablo Quesada, quien participó en dicha votación a favor de la esposa de su suegro.
A lo interno del órgano, el regidor José Berrocal, del Frente Amplio, cuestionó la legalidad del proceso y denunció el procedimiento pues, según detalló, se hicieron señalamientos legales que impedían al presidente del Concejo Municipal votar.
“Lo más delicado del tema fue que el presidente en vez de inhibirse, postula y vota por una persona que es esposa de su actual suegro, que si bien es cierto Quesada ni está casado ni vive en unión de hecho, esto representa un grave
conflicto de interés y una posible violación al deber de probidad. Aunado a eso también vicia el procedimiento de elección, lo cual es sumamente grave”, afirmó Berrocal.
El señalamiento se suma a críticas por la modalidad utilizada en la elección, ya que se optó por un candidato único, relacionado al presidente del concejo, en lugar de remitir una terna.
“Lo más grave es que a pesar de los fuertes de conflicto de interés, e inclusive advertido por la propia asesora legal, el presidente del Consejo Municipal ignora las advertencias y aun así ratifica la elección de esta persona que es esposa de su actual suegro; lo que a todas luces desde esta regiduría no podemos dejar pasar, tenemos que alzar la voz y denunciar que estos procesos no se están haciendo de forma transparente”.
Desde el comité cantonal del Frente Amplio se advirtió que esto limita la transparencia del proceso, señalando que los regidores actuaron “de forma poco transparente, priorizando intereses políticos e ignorando los demás perfiles postulados, lo que pone en riesgo la objetividad y abre un posible vicio de nulidad”, indicaron.
Previo a la votación, la asesora legal del Concejo Municipal, Priscila Quirós, recomendó al presidente apartarse del proceso ante un eventual conflicto de interés.
“Si bien es cierto no hay un parentesco por parte de la presidencia, sí hay un conflicto de intereses y hay un riesgo de generar un vicio en el procedimiento y afectar incluso que se le pueda hacer otro tipo de señalamientos en lo personal del presidente y mi recomendación a este consejo municipal es que se separe de esta votación”, advirtió Quirós.
Pese a ello, el presidente del Concejo Municipal, José Pablo Quesada, rechazó las acusaciones y defendió su actuación.
“Debo dejar absolutamente claro que sus aseveraciones son falsas, entre la señora seleccionada por el Concejo Municipal y mi persona no media parentesco alguno, siendo la relación familiar referida inexistente y carente de asidero legal”, justificó Quesada a Grupo Extra.
El regidor agregó que su decisión de votar se basó en la inexistencia de un impedimento legal y en su deber como regidor, indicando que su “obligación es actuar apegado al ordenamiento jurídico y cumplir con el deber de mi cargo ejerciendo el voto responsable”.
“En cuanto a por qué voté el nombramiento, pese a la advertencia de la asesora legal del Concejo Municipal, de que me inhibiera; la justificación radica en el hecho de que no existía fundamento legal para hacerlo. El régimen de prohibiciones no nace de presunciones personales. Evidentemente con su recomendación cae en una mala praxis legal al no poder distinguir entre una situación de conveniencia y un impedimento legal”.
El proceso responde a la designación de uno de los dos representantes municipales ante la junta directiva de la ESPH, donde el Concejo Municipal propone los nombres a partir de recomendaciones de la Cámara de Industria y Comercio de Heredia.
Ante las dudas, la empresa indicó a este medio que dichos “nombramientos son realizados de forma exclusiva por cada uno de los municipios, en su condición de accionistas de la Empresa, conforme a sus propios procedimientos internos.
En ese sentido, corresponde a los concejos municipales definir y aplicar los criterios de elegibilidad, así como efectuar las designaciones respectivas”.
El puesto en discusión deberá ser avalado por la junta de accionistas de la ESPH para quedar en firme.

