PLN pretende resucitar minería a cielo abierto

La fracción del Partido Liberación Nacional (PLN) intenta resucitar la posibilidad de implementar la minería a cielo abierto. Así lo indicó el exdiputado y ambientalista Edgardo Araya, quien respondió a la propuesta que presentaron los legisladores María José Corrales y Jorge Fonseca.El proyecto Ley para el Desarrollo Social Mediante la Regulación de la Actividad Minera […]

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La fracción del Partido Liberación Nacional (PLN) intenta resucitar la posibilidad de implementar la minería a cielo abierto. Así lo indicó el exdiputado y ambientalista Edgardo Araya, quien respondió a la propuesta que presentaron los legisladores María José Corrales y Jorge Fonseca.
El proyecto Ley para el Desarrollo Social Mediante la Regulación de la Actividad Minera Metálica se presentó este miércoles mediante el expediente 21.584.
De acuerdo con el contenido de la propuesta, las empresas concesionarias no podrán usar mercurio ni desarrollar proyectos en zonas protegidas.
Pero las justificaciones del proyecto no convencen a Araya, quien aseguró que la iniciativa pretende legalizar la destrucción del medio ambiente a lo largo y ancho del territorio nacional.
El excongresista recordó que la Asamblea Legislativa optó en 2010 por aprobar unánimemente la prohibición de la minería metálica a cielo abierto.
Recordó que la decisión que en su momento adoptó el Congreso de la República representó una lucha ecologista de más de 30 años de los sectores que integran la sociedad costarricense.

PUESTO DE CONTROL

Corrales planteó en su iniciativa tres tipos de minería que se desarrollarían en todo el territorio nacional, las cuales serían la artesanal, la pequeña y la mediana.
El plan indica que las personas o empresas interesadas deberán contar con la viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena).
Existe una prohibición expresa del uso de mercurio y el otorgamiento de permisos con el fin de explotar recursos minerales en parques nacionales, reservas biológicas, reservas forestales y refugio de vida silvestre.
Se establece un impuesto del 20% sobre las ventas brutas del material extraído.
De ese momento el 15% se destinarán para financiar pensiones del Régimen No Contributivo de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el 10% para el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam), el 15% para ampliar la cobertura de la Red de Cuido, el 30% para las arcas municipales del lugar donde se encuentre la concesión.
Además el 15% se dirigirá a las arcas municipales de la zona donde se ubique la concesión y un 5% a la Dirección de Geología y Minas, mientras que el 10% iría a la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (Dinadeco).

INACCIÓN ESTATAL

La legisladora dijo que la inacción estatal los llevó a consecuencias muy serias como contaminación con mercurio por la práctica ilegal.
También citó que existen problemas como descomposición social, la cual se manifiesta en el saqueo de oro, tráfico de armas, drogas, prostitución y enfermedades como la malaria.
Al ser consultada por DIARIO EXTRA enfatizó que se aplicará un transitorio de tres años sobre el uso de mercurio porque en la Asamblea Legislativa se aprobó un lapso de cuatro en las minas de Abangares.
Sobre el monto que esperan recaudar con el impuesto que se pretende cobrar manifestó que aún no cuantifican cuánto se puede recaudar, no obstante dijeron que si la afectación de extracción de oro de forma ilegal en un año es de $400 millones, lo que se espera es que el monto sea mayor en recaudación.

DATOS DE INTERÉS

La Dirección de Geología y Minas del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) estima pérdidas por $400 millones por extracción de oro de forma ilegal en Crucitas, Cutris de San Carlos. El gobierno se comprometió a presentar un plan remedial para frenar la contaminación y la tala de árboles en el sector, sin embargo este aún no toca las puertas del Congreso.

DELITOS MINEROS

• Artículo 139. “Se impondrá prisión de tres meses a cinco años a quienes desarrollen actividades mineras de reconocimiento, exploración o explotación en un parque nacional, una reserva biológica u otra área de conservación de vida silvestre que goce de protección absoluta en la legislación vigente”.
• Artículo 140. “Se impondrá prisión de tres meses a cinco años a quien patrocine actividades mineras ilícitas”.
• Artículo 141. “Se impondrá prisión de tres meses a cinco años a quien realice actividades mineras de reconocimiento, exploración o explotación, sin contar con el respectivo permiso o concesión”.

Fuente: Código de Minería.

María José Corrales, Diputada

“En el proyecto se evidencian planes de mitigación y control de desechos, así como el plan de cierre, el cual viene especificado porque buscamos que sea de una forma amigable y sostenible, o buscar las prácticas idóneas para el manejo de las sustancias que se van a utilizar”.

Edgardo Araya, Ambientalista

“Después de ese hito histórico los gobiernos (tanto el central como los municipales), que continuaron en el poder, mantuvieron en el abandono no solo a Crucitas, sino en general a las zonas fronterizas y costeras, a pesar de las propuestas de desarrollo sostenible que se plantearon desde distintos sectores de nuestra sociedad”.