Plenario aprueba reforma para sancionar violencia política contra diputadas

Incorpora paridad, plazos y medidas cautelares

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El Plenario Legislativo aprobó este lunes una reforma al Reglamento de Diputaciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política.

La iniciativa, tramitada bajo el expediente 25.862, recibió 44 votos a favor, ninguno en contra y seis diputaciones no votaron.

La presidenta del Congreso, Yara Jiménez, impulsó la reforma. Foto: Raquel Vargas.

La reforma busca establecer reglas más claras para tramitar las denuncias que involucren a diputados, desde la recepción del caso hasta la resolución final del Plenario, y fortalecer el papel de una comisión especial encargada de realizar la investigación y rendir un informe.

Entre los cambios se dispone que esa comisión estará integrada por representantes de las fracciones legislativas, deberá respetar criterios de paridad y contará con un plazo máximo de tres meses para rendir su informe.

Además, cuando el Plenario determine que una diputación es responsable de violencia contra las mujeres en la política, la sanción será una amonestación ética pública, que deberá quedar registrada ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

Los principales cambios que plantea la reforma son:

  • Fortalece la Comisión Especial como órgano encargado de instruir las denuncias, recibir prueba, escuchar a las partes y elaborar una recomendación antes de que el Plenario tome la decisión final.
  • Cada fracción legislativa tendrá representación en esa comisión. Si el número de integrantes resulta par, se incorpora una diputación adicional de la fracción mayoritaria.
  • Introduce reglas de paridad y alternancia de género para integrar la comisión, procurando que la participación de mujeres sea como mínimo paritaria.
  • Fija plazos para conformar la comisión: la Presidencia debe pedir las designaciones a las fracciones dentro de tres días hábiles y estas tendrán otros tres días para responder.
  • Permite imponer medidas cautelares, como ordenar a la persona denunciada que no perturbe a la denunciante ni interfiera con el ejercicio de sus derechos políticos.
  • Define plazos y reglas para audiencias, defensa y recepción de pruebas. La persona denunciada contará, por ejemplo, con diez días hábiles para responder y ofrecer prueba.
  • Las denuncias que ya estaban en trámite pasarán a regirse por la reforma una vez entre en vigencia, salvo la integración de las comisiones que ya estuvieran conformadas.