El plazo para pagar y declarar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el primero del año, se corre del 15 al 16 de enero debido a que cae domingo.
Esta obligación deben cumplirla al menos 500 mil contribuyentes inscritos ante el Ministerio de Hacienda, según las disposiciones de la Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Juan Diego Vargas, gerente financiero de GTI, dijo que aquellos que no pueden pagar deben presentar la declaración o de lo contrario corren mayores sanciones por parte de Tributación.
En cuanto al régimen simplificado, el experto recordó que el 15 de enero también se debe hacer la presentación del IVA y adicionalmente tienen que hacer la declaración trimestral, que es para esa misma fecha.
“Si ustedes no pagan lo que tienen es un interés moratorio de un 1% mensual y la multa es de medio salario base, de ¢230.000, si no presentan la declaración”, señaló Vargas.
Además, hizo énfasis en que se debe ir preparando todo para el cierre fiscal tras finalizar el año. La fecha máxima de presentación y pago es el 15 de marzo.
“Para que estemos en orden y no tengamos que correr. En el caso de las empresas, también deben recordar que hay declaraciones informativas que deben presentarse como la de D-151, que es la de clientes proveedores, y en el caso de los que tienen planilla y hacen retenciones también está la declaración informativa D-152. Evite multas y sanciones”, acotó.
En relación con las multas, al no presentar la declaración es de ¢231.100 y adicionalmente corren intereses según el monto. El experto recordó que no emitir factura electrónica conlleva una sanción de ¢924.400.
La declaración del IVA conlleva algunos pasos que si no los tiene a mano es mejor que consulte con su contador. Lo mismo ocurre con la documentación para el cierre fiscal.