Una propuesta que pretende reducir la cantidad de dinero entregado a partidos políticos por concepto de deuda política avanza a buen ritmo en la Asamblea Legislativa.
Se trata del expediente 20.117, que reforma el artículo 96 de la Constitución Política, el cual busca reducir el porcentaje máximo del Producto Interno Bruto (PIB) que estaría destinado a los procesos electorales a un 0,11%. Actualmente, el monto otorgado es de un 0,19%.
Costa Rica tiene uno de los subsidios públicos más generosos de la región: según el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral de la Organización de Estados Americanos (IDEA-OEA), Costa Rica destina como mínimo $5 por votante.
En cambio, varios países de la región otorgan menos de $1 por votante.
Asimismo, solo en Uruguay, República Dominicana, El Salvador, Panamá y Costa Rica el subsidio alcanza al menos el 0,05% del PIB.
De tal modo, la reforma señala que tendrán derecho al financiamiento directo los partidos políticos que participaren en los procesos electorales nacionales y alcanzaren al menos un 4% de los sufragios válidamente emitidos a escala nacional o los inscritos a escala provincial, que obtuvieren como mínimo ese porcentaje en la provincia o eligieren, por lo menos, un diputado.
Adicionalmente, la propuesta de ley discutida en el Congreso incorpora a la Constitución Política el financiamiento a los partidos que participen en los procesos municipales, tal como se ha venido aplicando por medio de normas de rango inferior.
MUNICIPALES
Del mismo modo, la propuesta de ley señala que un porcentaje del 0,11% será destinado para las elecciones municipales.
De acuerdo con el artículo 91 del Código Electoral, el financiamiento para las elecciones municipales es de 0,03% del PIB.
“Esta reforma es una gran oportunidad para fortalecer y modernizar nuestro sistema democrático. Los miembros de la comisión logramos acuerdos en casi todos los temas en debate, incluyendo la decisión unánime de mantener el principio de comprobación del gasto, que indica que, para recibir aportes del Estado, los partidos políticos deberán comprobar sus gastos ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE)”, dijo la diputada oficialista Laura Guido.
“Por otra parte, se coincidió en que se debe modificar la Carta Magna para reducir el porcentaje del PIB destinado a la contribución estatal e introducir el financiamiento a los procesos municipales. Por eso, la recomendación final es que el proyecto continúe su trámite en el Plenario legislativo y se incorporen los cambios propuestos en la Constitución Política”, agregó la legisladora.
GASTOS
La reforma también elimina la parte del artículo que obligaba la comprobación de los gastos como requisito para liquidar el dinero al que los partidos tienen derecho.
La principal razón del cambio es que la comprobación de estos gastos se convirtió en un obstáculo para que los partidos accedan a los recursos estatales.
Datos del TSE revelan que para la contribución estatal del periodo 2002-2006, casi un 30% de los gastos incurridos por los partidos fueron rechazados.
Por su parte, un informe del Programa Estado de la Nación del 2012 demostró que el TSE no cubrió casi un 25% del financiamiento de las elecciones presidenciales ni municipales de 2010, debido a problemas con la documentación.
Entre las principales razones para no aprobar los gastos de los partidos se encuentran: incumplimiento de requisitos formales en los documentos utilizados, presentación extemporánea de la información, incongruencia entre los documentos de respaldo y el registro contable, que los desembolsos excedían el monto al que los partidos tenían derecho, entre otros.
El primer motivo sobre requisitos formales representó poco más de un 50% de los montos no reconocidos.
“Aun cuando esta reforma elimina la necesidad de comprobación de los gastos, los partidos que hagan un uso irregular de los recursos serán sancionados”, menciona la propuesta.
“El TSE había venido haciendo esfuerzos para simplificar los trámites de comprobación de gastos, pero los datos mencionados muestran que este sistema no está cumpliendo con el fin primordial del artículo 96: que los partidos tengan acceso al financiamiento estatal”, añade.
Tampoco está cumpliendo con el objetivo de equidad en la competencia electoral, pues los partidos más pequeños son los que tienen mayores dificultades para acceder al financiamiento.
Se aprobó una moción para publicar el texto base y los dictámenes que surjan de la comisión en el diario oficial La Gaceta.