Fecha de publicación:
Fecha de modificación:
El plan que frenar la reelección indefinida de alcaldes deberá esperar como mínimo un mes debido a que 34 legisladores consultaron el texto ante Sala Constitucional.
El objetivo de la consulta es esclarecer el procedimiento con el que se tramitó el proyecto de ley en el Congreso y, asimismo, tener precisión sobre una serie de objeciones que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) emitió respecto al expediente.
El órgano electoral indicó a los diputados que la propuesta podría “lesionar los derechos constitucionales de los ciudadanos”.
“La iniciativa genera un vaciamiento del derecho humano a ser electo, al impedir que funcionarios con dos periodos consecutivos en un mismo cargo puedan aspirar a otros puestos de elección popular”, indica el criterio remitido al Congreso.
Adicionalmente, los diputados pretenden aclarar si el artículo 97 de la Constitución Política aplica para este plan de ley.
Dicho artículo señala que no se puede aprobar proyectos de ley relacionados con materia electoral en un periodo de seis meses antes y cuatro posteriores a un proceso de votaciones.
De tal modo, la Sala IV podrá dar resolución sobre el tema en un periodo de 30 días naturales, es decir, a finales de febrero y ya pasada la primera ronda electoral.
EL PROYECTO
Los alcaldes e intendentes que actualmente ocupan puestos de elección popular deberán esperar ocho años para volver a ocupar cargos municipales.
Mientras que vicealcaldes, viceintendentes, regidores propietarios y suplentes, así como síndicos, se precisa que deberán esperar al menos dos periodos consecutivos de 4 años para aspirar al mismo cargo. No obstante, podrán ocupar otros puestos de elección municipal. En el caso de regidores, síndicos, intendentes, viceintendentes y concejales municipales no podrán ser reelectos de forma consecutiva durante más de un periodo y tampoco podrán ocupar el mismo cargo o su suplencia hasta que no pasen dos periodos.
Quienes fungen como alcaldes o intendentes y han sido reelegidos al menos por dos periodos consecutivos deberán esperar que transcurran otros dos periodos para volver a optar por cualquier puesto de elección popular en el régimen municipal.