La Sala Constitucional falló a favor de un estudiante de 14 años con trastorno del espectro autista, a quien el Departamento de Asesoría Pedagógica del Ministerio de Educación Pública (MEP) le habría negado la posibilidad de asistir al Colegio de Naranjo acompañado por un perro de servicio.
Según constató el Tribunal Constitucional en la sentencia Nº 2024-010097, el MEP violentó los derechos fundamentales del amparado y falló en su obligación de garantizar condiciones de igualdad a las personas con discapacidad para facilitarles acceso a la educación y a diferentes espacios físicos sin discriminación alguna.
“Los magistrados señalaron que a las personas que padecen cualquier tipo de discapacidad se les deben brindar las condiciones necesarias para que logren su reincorporación plena en lo que a la participación social respecta, pues el disfrute de iguales oportunidades de acceso y participación en idénticas circunstancias deja de ser para las personas con discapacidad una simple aspiración y se convierte en un derecho fundamental”, indicaron.
Según se aprecia en el oficio DREO-DAP-D-96-2024 firmado por Javier Cambronero, director del Departamento, al joven se le negó la posibilidad de asistir acompañado de un perro de este tipo, ya que no había justificación de suficiente peso para cambiar las condiciones en las que fue matriculado desde un inicio.
DIARIO EXTRA conversó con Rayti Martínez, madre del menor, quien señaló que al obtener una respuesta negativa por parte del MEP sobre el cumplimiento de la Ley 7.600 optó por recurrir al recurso de amparo.
“Nuestro hijo es un niño de 14 años con autismo, diagnosticado hace un año y cinco meses. Nosotros como padres empezamos a buscar opciones para un mejor apoyo, socialización y que se pueda integrar mejor. Pudimos adquirir un caniche para perro de servicio que cuenta con todos los adiestramientos y certificados para ser un perro operativo”, comentó.