Estoy totalmente en contra de las pensiones de lujo y al igual que otros ciudadanos que hemos sido miembros de los Supremos Poderes y teniendo derecho a tal pretensión, por la legislación de entonces, cuando llegué a la edad de pensionarme y por ética me acogí al IVM que administra la CCSS.
Lo digo con total objetividad: una de las cosas que más sorprenden de la actual Casa Presidencial es la incapacidad jurídica para redactar sus más importantes proyectos de ley. Todas sus buenas iniciativas terminan en el fracaso de la ilegalidad, como le sucederá al proyecto pomposamente denominado “Luchando por la Justicia del Sistema de Pensiones del Sector Público”.
Así les sucedió con dos propuestas de gran beneficio nacional: la construcción de la Ciudad Gobierno y el desarrollo de la Marina en Limón o la tres veces mal redactada e inconstitucional Ley Jaguar, que es un caso de antología histórica.
Pareciera que en el Ministerio de la Presidencia nadie conoce de Derecho Constitucional, Administrativo o de Trabajo. Así se los dirá y en buena hora la CIDH, en resguardo del Estado de derecho en Costa Rica. Espero, al menos, que conozcan los procedimientos correctos para hacer la consulta y conciencia sobre el tiempo que duran para resolver en las instancias internacionales.
Las pensiones de lujo, en los últimos dos gobiernos del PAC, fueron reguladas por las leyes #9383, #9388 y #9796, al punto que en el presente la mayoría de ellas no superan un máximo de 4,5 millones. Aún subsisten, sin embargo, unas pensiones de lujo escandalosas de más de ¢10 millones, por las que sus beneficiarios no cotizaron para alcanzar tales niveles y que deben regularse.
Pero todas las pensiones y por la facultad de imperio del Estado, si se quiere limitar al monto máximo del IVM de la CCSS y engrosar un sólido Fondo Nacional Universal para garantizar su sostenibilidad en el tiempo, eso solo se podría hacer legalmente por la vía impositiva tributaria, como ya se hizo con las citadas reformas, para no violentar las resoluciones vinculantes de la OIT y el obstáculo de la “irretroactividad de las leyes” que protege a los beneficiados.
No es un asunto solo actuarial, ni de espectaculares cadenas presidenciales en radio y televisión para cuestionar políticamente al pasado, la Asamblea Legislativa o la Sala Constitucional.
Es un tema simple y sencillo de legalidad y Costa Rica es un Estado de derecho. ¡Mientras seamos un país democrático!
¿Y usted qué opina?