Pensión con retención ilegal

Tengo una pensión por invalidez, vejez y muerte, de la cual me están quitando un monto de 100 mil colones por un crédito de una cooperativa. A mí nunca me dieron a firmar ningún papel donde yo consentía que me rebajaran dicho monto… Quisiera por favor saber qué se podría hacer en este caso. Agradezco que me pueda despejar la duda.

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CONSULTA: Tengo una pensión por invalidez, vejez y muerte, de la cual me están quitando un monto de 100 mil colones por un crédito de una cooperativa. A mí nunca me dieron a firmar ningún papel donde yo consentía que me rebajaran dicho monto… Quisiera por favor saber qué se podría hacer en este caso. Agradezco que me pueda despejar la duda.

 

RESPUESTA: La pensión es la culminación de una actividad laboral de años, que se rige por varias leyes, pero que se genera a partir de la aplicación del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Al ser el origen de la mayoría de las pensiones una relación laboral previa, al retiro de usuario sustituye el salario y se convierte en el principal medio de subsistencia del jubilado o pensionado.

Por esa razón, desde 1886 se estableció la pensión como uno de los bienes que no admiten secuestro, término que, por su amplitud, contiene las figuras de embargo o cesión. Así se establece en una correcta relación entre el artículo 984 del Código Civil que la decreta INSECUESTRABLE, salvo el embargo por pensión alimentaria.

Si eso fuera poco, el artículo 59 de la Ley Constitutiva de la Caja prohíbe los embargos, al igual que el artículo 44 del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja.

El asunto se resuelve con una solicitud de SUSPENSIÓN O CESE DE ESA RETENCIÓN, dirigida al Departamento de Administración de Pensiones Alimentarias.

INCOMPRENSIBLE me resulta que existan, que se haya aprobado convenio con prestamistas o garroteras entre la Caja y entidades que no tienen que ver con el papel de custodio de las pensiones de la Caja. Esto solo se puede entender por un conflicto de intereses entre entidades foráneas que invaden de forma ilegal la relación entre la Caja y sus pensionados. Esto es grave, porque se supone que el funcionario debe conocer el artículo 59 y darle eficacia. Agrego que el reclamo debe incluir las retenciones realizadas en el pasado, porque siguen siendo ilegales.