Un proyecto de ley impulsado por Fabricio Alvarado, diputado de Nueva República, haría que los partidos dejen de presentar facturas durante la campaña política.
En concreto, se plantea que las agrupaciones debidamente inscritas ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) estén exentas del pago del impuesto al valor agregado (IVA) por bienes y servicios relacionados con gastos de campaña.
Dicha medida aplicaría para los procesos electorales nacionales y municipales, así como los gastos permanentes en organización y capacitación.
Por otra parte, se plantea una “excepción en la emisión de facturas” en periodo de campaña. Así, cuando los partidos requieran contratar servicios especiales y arrendar vehículos o bienes inmuebles, no tendrían que presentar el comprobante.
Según Alvarado, algunos proveedores de bienes y servicios no están inscritos ante el Ministerio de Hacienda y dicha situación no solo genera complicaciones para las agrupaciones, sino para el mismo ministerio, el cual no puede recuperar los recursos de forma oportuna.
“(Eliminar las facturas) no solo simplifica el proceso administrativo, sino que reduce la carga financiera y operativa para los partidos. Esta medida promueve la sostenibilidad fiscal al fomentar un uso más eficiente de los recursos públicos, a la vez que los libera del pago del IVA en sus gastos electorales y de organización y capacitación”, sostiene.
El texto no ha sido asignado a una comisión legislativa. Para el próximo año, el monto de la contribución estatal a las agrupaciones es de ¢78.466 millones, no obstante, la Asamblea Legislativa recientemente aprobó una reducción a ¢39.000 millones para las campañas de 2026 y 2028.
¿Qué dice el TSE?
Diario Extra consultó a Andrei Cambronero, letrado del TSE, quien indicó que se pronunciarían oportunamente cuando el Congreso les haga la consulta formal del proyecto de ley.
No obstante, recordó que desde 2023 las facturas deben estar autorizadas por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda para liquidar gastos de campaña y cualquier otro tipo de erogación a los partidos.
Agregó que existen casos muy puntuales que tienen que ver solo con gastos directamente relacionados con actividades del día de los comicios, no obstante, la factura durante toda la campaña es obligatoria.
“Sabemos que el día de la elección hay personas que prestan algún tipo de servicio o ponen justamente algún bien a disposición de la agrupación política sin que se dediquen habitualmente a esto como una actividad económica permanente. Le doy un ejemplo: un servicio de traslado entre una ribera de un río.
En ciertos lugares muy remotos el partido negocia con esa persona de la panga para que traslade a los electores. En esos supuestos excepcionales el TSE acepta el justificante, aunque no esté validado por Hacienda. Eso sí, el monto del bien o el servicio no puede exceder medio salario base (¢231.000)”, explicó.