Volver a la “normalidad” para cumplir con sus obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda es lo que deben tomar en cuenta alrededor de 500.000 contribuyentes.
El 15 de agosto empieza con el pago del impuesto al valor agregado (IVA), no obstante, la obligación se trasladó al 16 debido al feriado por el Día de la Madre.
Así lo señaló Juan Diego Vargas, gerente financiero de Gestión en Tecnología e Información-GTI.
“Recordamos a todos los contribuyentes que, después del restablecimiento de sistema de Tributación -ATV- y que ya se cumplieron todos los plazos con las declaraciones que estaban pendientes, ahora que volvemos a la normalidad”, declaró.
Esto quiere decir que las ventas de julio hay que presentarlas el 15 de cada mes normalmente, pero este como cae feriado hay una excepción. Además de la declaración hay que cancelar el impuesto, con el objetivo de evitar “multas y sanciones”, en el caso de no pagar ese día. Después del martes se tendrá que pagar con interés moratorio.
En cuanto a las sociedades inactivas, según lo establecido de última hora por el Ministerio de Hacienda, el 15 de noviembre es la fecha límite para presentar las declaraciones sobre las sociedades inactivas.
“Es importante recordar que esta declaración lo único que pide son los datos del balance general. ¿Qué significa esto? Activos, pasivos y capital contable. Quienes deben presentarlo son todos aquellas que no lo han hecho y son aquellas que no tienen una actividad económica comercial, que no emiten factura electrónica y tienen por ejemplo un activo como un carro o casa”, explicó.
Una sociedad inactiva es toda aquella de responsabilidad limitada o de otro tipo inscrita en el Registro Público que no está registrada como obligada del impuesto sobre las utilidades (renta) o del impuesto sobre rentas de capital inmobiliario o mobiliario.
Son inactivas porque no realizan actividad empresarial alguna, no devengan ingresos de operaciones lucrativas porque no se dedican a realizar ningún tipo de negocio.
“En el ATV de Hacienda está lo que se llama consulta tributaria y al digitar el número de cédula de la sociedad automáticamente le indica en qué estado está”, añadió el experto.
¡OJO CON LAS MULTAS!
Es importante destacar que, ante cualquier omisión o incumplimiento por parte de los contribuyentes, el Ministerio de Hacienda ha establecido multas y sanciones, entre ellas:
• Salario base: ¢462.200
• No presentar declaración: ¢231.100
• No pagar IVA: Corren intereses según el monto
• No emitir factura electrónica: Multa de ¢924.400 (2 salarios base)
• Cierre del negocio
Fuente: GTI.