La Sala Constitucional condenó al hospital Calderón Guardia por hacer que un paciente vecino de Goicoechea tuviera que pasar tres días en una silla de ruedas, esperando que lo intervinieron debido a que padecía de una delicada inflamación en la vesícula.
Según se lee en la sentencia 2024-012766, el hombre primero acudió al servicio de Emergencias de la clínica de Coronado el 14 de abril tras presentar un fuerte dolor abdominal, vómitos, diarrea y fiebre.
En esa ocasión, se le diagnosticó un “dolor abdominal localizado en zona superior. Dispepsia funcional”, por lo que tuvo que asistir el 17 de abril al Ebáis de Vista del Mar, en donde se le indicó que parecía tener la vesícula inflamada y posiblemente necesitaría cirugía, pero que primero se le debía realizar un ultrasonido.
Ante esto, se le aplicó una inyección para el dolor y le dieron la salida luego de programarle el examen para el 18 de febrero de 2025.
Dado que sus síntomas empeoraron y ya ni siquiera podía comer regresó a la clínica el 19 de abril y el médico solicitó exámenes de rutina, los cuales salieron normales, por lo que se le dijo al paciente que debía esperar el ultrasonido.
Aun así, el 20 de abril tuvo que regresar a Emergencias de la clínica de Coronado debido a que su dolor se volvió insoportable, por lo que fue referido hacia el Calderón Guardia.
“Una vez en el servicio de Emergencias de dicho hospital se le diagnosticó un cuadro de gastritis, por lo que lo inyectaron y otorgaron la salida, sin embargo, como al día siguiente, 21 de abril, empezó a sufrir un dolor incontrolable, el afectado regresó directamente al servicio de Emergencias.
Una vez allí, el médico que le atendió le prescribió un par de ultrasonidos (el segundo de urgencia), determinándose que tenía la vesícula inflamada y estaba en peligro de que se le pudiera reventar y por ese motivo al recurrente se le hizo saber que necesitaba una cirugía”, dice la Sala.
A pesar de este diagnóstico, el paciente vio cómo se extendía su calvario, ya que tuvo que permanecer tres días en Emergencias del Calderón, alegando que estuvo esperando en una silla de ruedas sin poder ingerir algún líquido o alimento. Además, la persona afirma que sufre un problema en la cadera y no puede estar sentado tanto tiempo en la misma posición, estirarse ni dormir.
Ante esto, la Sala declaró con lugar el recurso, instándole a Tania Jiménez, directora general a. i. del hospital Calderón Guardia, para que, en un plazo de seis meses, lo dote de sillas de ruedas y camillas en condiciones óptimas y en números razonablemente adecuados para servir a los pacientes.