
Un fallo de la Sala Constitucional que se dio este martes contradice la orden de la Dirección General de Migración y Extranjería que impide el ingreso de extranjeros al país. En este caso específico, se trata de un canadiense, quien es el cuidador de una ciudadana costarricense con una discapacidad.
Se trata de María del Milagro Gamboa, de 29 años quien desde hace varios días había solicitado la excepción a la prohibición de ingreso de extranjeros al país, ya que ella necesita de esta persona para poder desenvolverse.
Tanto Migración como el Ministerio de Relaciones Exteriores le indicaron que las fronteras permanecen cerradas para foráneos, por lo que él no podría ingresar a suelo nacional.
Producto de esta negativa es que la mujer, desesperada por estar atrapada en México, interpone un recurso de Habeas Corpus, mediante el cual solicita que se haga una excepción a lo establecido, dada su necesidad al tener una discapacidad.
Es así que los magistrados al hacer el análisis declaran parcialmente con lugar el recurso determinando que lo hacen como “garante de la dignidad, los derechos y libertad de las personas, como una medida excepcional y ante las situaciones particulares de carácter humanitario del caso concreto”.
En la solicitud ella enfatizó que requiere de su cuidador, que además es su pareja sentimental, Terrance Zuvic, para poder viajar en el avión de regreso a Costa Rica e incluso depende de él para realizar tareas básicas como vestirse, alimentarse, así como desarrollar sus terapias.
Según relató la costarricense, desde el 2018 está incapacitada, por lo que se había marchado a México en busca de un tratamiento. Ella considera que las circunstancias son suficientes para solicitar que le otorguen la autorización al hombre.
Ante este panorama, los magistrados integrantes de la Sala Constitucional, de forma unánime, ordenaron a Migración y Extranjería “que realice las gestiones necesarias para que, de inmediato, se permita el ingreso al país del cuidador de la costarricense de conformidad con la visa que corresponda según el ordenamiento jurídico”.
Eso sí, dejó claro que si bien se da la autorización tanto la costarricense como el canadiense al momento de llegar al país deben ser sometidos a los controles sanitarios que las autoridades dicten.
Finalmente, se dejó claro que las autoridades recurridas nunca le negaron el ingreso a ella, ya que por ser costarricense no se le puede exigir ningún requisito para tales efectos.
Ahora se espera que en los próximo días ella y su acompañante puedan arribar al país.