El Ministerio de Hacienda sacó a consulta una reforma al “Reglamento de Comprobantes Electrónicos para Efectos Tributarios”, que establece las pautas para la emisión de comprobantes, tales como las facturas, notas de crédito, tiquetes de compra, entre otros.
En caso de aprobarse, quedaría derogado el decreto N° 41820-H, del 19 de junio de 2019 y otras resoluciones tomadas a la luz de la antigua normativa.
Hacer una factura de compra electrónica de servicios del exterior, emitir recibos de pago y la introducción del sello electrónico como otro mecanismo de seguridad son algunos de los cambios que vendrían.
Otras variantes irían en torno al establecimiento de las obligaciones de los diferentes servicios de facturación y en las entidades reguladas que no estarían obligadas a emitir factura.
REPASE LOS CAMBIOS
DIARIO EXTRA consultó con Silvia Castro, especialista en temas tributarios, quien enumeró una serie de variaciones que realiza la nueva propuesta.
RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO
Este será un nuevo recibo que al emitir le permitirá tener un mayor control de los pagos parciales obtenidos, así como informar a Tributación Directa que no ha llegado el total de lo pactado y aparece en la factura.
Antes no existía ningún comprobante que los comerciantes o trabajadores liberales pudieran emitir para indicar la cantidad de dinero que obtuvieron por pago parcial con posterioridad de emisión de la factura.
SERVICIOS EN EL EXTERIOR
Con este nuevo reglamento, en las facturas de compra debería aparecer la posibilidad de declarar que el proveedor se encuentra fuera del país.
MEJORES PATRONES DE SEGURIDAD
Para la seguridad de las facturas, se introduce un nuevo mecanismo que consiste en un sello electrónico.
OBLIGACIONES DE LOS PROVEEDORES
En el reglamento anterior, el marco de obligaciones solo era para aquellos proveedores gratuitos, ahora en el nuevo reglamento se aplicará a todos por igual y la información debe resguardarse por dos meses.
MÁS OBLIGADOS
Con la nueva norma el inciso 5 del artículo 8, solo se exceptuarían de emitir comprobantes aquellas entidades reguladas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), lo que significa que las supervisadas por las Superintendencias de Pensiones y Valores tendrían que emitir comprobantes electrónicos.