Pese a sus claras diferencias en el tema de Fertilización In Vitro (FIV), la jefe de fracción del Partido Accesibilidad Sin Exclusión (PASE), Rita Chaves y el abogado representante de las familias que demandaron al país, Boris Molina, coincidieron que ante la resolución emitida en diciembre anterior por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no hay más que cumplirla y buscar los mecanismos para ofrecer el tratamiento en el corto plazo y en la mejor de las condiciones para que no se desvirtúe el fin del mismo.
Por eso, a la luz del fallo, visitaron DIARIO EXTRA, donde fueron entrevistados por la gerente general, Iary Gómez y la subdirectora del medio, Marcela Villalobos.
¿Cómo analiza el fallo emitido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el que se obliga al país a dar el tratamiento de fertilización in vitro?
– Rita Chaves: la responsabilidad que tenemos es de hacer lo mejor posible de cara a una sentencia que es inevitable. No depende de mi deseo como diputada que siempre me he manifestado en contra de que esta sea la única técnica de respuesta. No es saludable que en este momento me siente de brazos cruzados y diga no quiero, cuando lo cierto es que el mismo Estado respondió que sí a la sentencia. Es allí donde hay un encuentro con don Boris y mi persona, pues coincidimos en un objetivo importante, se va a dar fertilización in vitro en el país vía ley.
– Boris Molina: estamos claros en la defensa de la vida y de la técnica que permita darla a través de lo que la ciencia nos ha dado a lo largo de 40 años.
A partir de eso dijimos que íbamos a ser contundentes y claros de que no vamos a permitir que, más allá de lo que la sentencia establece, se quiera aprovechar para tocar temas que son ajenos a la misma decisión. En esa tesitura no encontramos una, sino muchísimas coincidencias con los grupos provida.
¿Qué es lo importante de esa sentencia?
-Molina: viene a establecer algunas pautas importantes, de las cuales yo sé que al grupo provida causó miedo y resquemor fue todo lo referente a la definición de cuándo inicia la vida. Esa discusión de lo que es fecundación y concepción. En Costa Rica, con la resolución de la Sala IV que vino a decir que eran sinónimos, la Corte Interamericana dice que ya no. Ahora, fecundación es cuando se unen los dos gametos, es decir el óvulo con el espermatozoide y la concepción desde el momento en que el embrión se implanta en el útero de la mujer, pues es hasta ese momento en que puede surgir una vida.
Hay gente que cuestiona las potestad de definir el momento de la concepción…
-Chaves: esto se hubiera resuelto de una forma más sencilla. Si la Corte no se hubiera arrogado la responsabilidad de definir cuándo es persona y cuándo no.
Nunca pensamos que se extralimitara de esa manera, porque igual pudo determinar que se diera un derecho humano sin hacer esa interpretación.
– Molina: le salió el tiro por la culata, al Estado, porque fueron ellos (Gobierno) los que comenzaron a hablar al respecto. Cuando presento el escrito, evado el tema del 4.1 (cuándo es concepción y cuándo es fecundación) pero el Estado en el 70% de sus respuestas se manifiesta sobre ello.
Entonces, como dicen en el fútbol y en buen castellano, a mí me la ponen picando en el área y lo que hago yo fue meter el gol, pues ese tema, internacionalmente, ya estaba resuelto. El Estado fue incauto con el mismo.
¿Qué aspectos debe contemplar la ley?
– Chaves: deber ser súper sigilosa en el sentido de los protocolos a seguir y las sanciones. Ya hay evidencia de que en Costa Rica existen médicos que implantan más de lo establecido. No puede haber médico que practique in vitro que sea más exitoso de lo estándar, el que lo sea es porque algo está haciendo. Ese médico ha logrado un éxito porque está aplicando mal la técnica. El grado de efectividad para mí es menor a 45%.
Pero estos son algunos elementos que debe contener la ley…
– Molina: ese es el punto por el cual luchamos y nos unió, porque descaradamente, quienes pedían que esto fuera por reglamento, no se podían establecer sanciones ni llamarlo delito. Lo que querían es que por reglamento el médico decidiera la cantidad de óvulos a fecundar y embriones a implantar, ¿cómo va a decidir el médico por reglamento la vida de esa persona?
¿Qué criterios externaron esos grupos que recomendaron reglamentar la técnica de FIV?
– Molina: decían que como ya la Corte definió que la vida inicia desde la implantación, la técnica se desarrolla en un momento en que no hay vida, por lo que no se lesionaría un derecho fundamental, lo que es mentira. Esto porque la sentencia aclara que se están violentando los derechos reproductivos de las parejas y el derecho reproductivo de la mujer le dice que debe de tener los hijos que científicamente está preparada para hacerlo.
Si se implantan 10 embriones a una mujer, se pone en peligro su vida.
¿Entonces, los protocolos que se establezcan serán relevantes?
– Molina: cuando le digamos a un médico, a través de un reglamento, que se debe someter a los estándares internacionales de las mejores instituciones del mundo, entonces deberá demostrar a través de videos, fotografías y más que realmente se fecundaron un máximo de 6 óvulos (que fue lo propuesto) y se implantó un máximo de dos o tres, cuando lo ideal son dos.
¿Qué pasa si se fecundan seis óvulos?, ¿qué pasaría con los tres restantes?
– Molina: si son 6 óvulos los que se fecundan, lo normal es que al quinto día no lleguen más de tres, pero pueden llegar perfectamente cuatro.
– Chaves: hay una secuencia en el proceso de fertilización que en los laboratorios serios puede ser registrada mediante una secuencia fotográfica, donde muestra los cinco días. Eso debe ser definitivamente un requisito de todos los que tengan el laboratorio para comprobar también que no se esté dando la manipulación de los embriones.
En el caso de que las parejas peguen cuatro embriones deben asumir el compromiso de tenerlos, ya sea en uno o dos embarazos.
Hay pacientes que no quedan embarazadas mediante la FIV, pero sí sorpresivamente de manera natural cuando el tratamiento no pegó…
– Molina: hay un 17% de las parejas que han tratado con FIV y no han tenido éxito, pero logran un embarazo después de 7 años. Por eso es que, del 100% de las personas infértiles, resulta que hay un 30% que no se sabe las causas de la enfermedad.
¿Antes de llegar a la aplicación de la FIV, se debería contar con un abordaje integral de la infertilidad?
– Chaves: estamos impulsando un proyecto de ley para el tratamiento integral de infertilidad. El Estado se comprometió en aplicar la técnica. El país debería tener una ley de tratamiento integral de la infertilidad. Estamos claros que no es necesario llegar en todos los casos a la FIV, pues hay otros procedimientos menos invasivos que pueden ser abordados antes y que dan buenos resultados.
El diagnóstico previo y temprano es necesario y el Estado no lo tiene, porque la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) se da cuenta muy tarde de que una persona es infértil. Hay mucha tela que cortar en este tema.