Nueva versión de comprobantes electrónicos entra en vigencia

Se trata de la versión 4.4

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La versión 4.4 de los Comprobantes Electrónico entró en vigencia, el cual modifica los requerimientos de información que se solicitan en los mismos, incluyendo la obligación por parte de las personas encargadas de realizar las facturas en los comercios, de indicar el medio de pago y la plataforma digital.

Entre los cambios de mayor importancia, destaca la inclusión del Sinpe Móvil en las opciones al momento de facturar una venta.

El cambio le facilitará, a la Administración Tributaria, obtener información sobre posibles casos de evasión o inexactitudes en las declaraciones de los contribuyentes.

“Esta información facilita la trazabilidad de los medios de pago para control tributario. Hay un límite de gastos deducibles pagados en efectivo durante el año, ningún gasto o costo mayor a tres salarios base es deducible del impuesto sobre la renta si lo pagado a ese proveedor, no está respaldado con comprobantes bancarios. Por ello, cuando las personas reciben un comprobante electrónico, deben revisar que la factura indique el medio de pago correcto”, señaló Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos.

La profesional agregó que los datos se van a complementar con información de otras entidades como la Caja Costarricense de Seguro Social para analizar el comportamiento de los contribuyentes y analizar si existe el riesgo de que estén incumpliendo con sus obligaciones tributarias.

Los cambios

Zamora explicó que los ajustes se concentran en la estructura del documento electrónico y en la información que se debe aportar sobre cada transacción.

  • Incluye el espacio de “Proveedor de Sistemas” para identificar los sistemas de emisión de comprobantes electrónicos. El proveedor de sistemas debe estar inscrito ante la Administración Tributaria.
  • Agrega el “Recibo Electrónico de Pago”, que representa el pago de un comprobante a crédito, específicamente para servicios prestados al Estado y para las ventas de crédito en Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta 90 días.
  • Se requiere factura electrónica para servicios transfronterizos, por lo cual se realiza un ajuste en el espacio “Tipo de identificación del emisor” para la factura electrónica de compra, incluyendo los tipos “Extranjero No Domiciliado” y “No Contribuyente”.
  • Incluye en “Condiciones de la Venta”, nuevas opciones, como, por ejemplo; “Venta de Mercancía No Nacionalizada”.
  • Presenta nuevos medios de pago, como el SINPE Móvil y plataforma digital.
  • Realiza modificaciones en “Código de la tarifa del IVA”, por ejemplo: el código 11 Tarifa 0% sin derecho a crédito, que se utilizará únicamente en aquellos casos en los que se registre la transacción de un bien o servicio no sujeto, pero que no otorga derecho a crédito.
  • Para las “Notas de Crédito y Débito” será obligatorio el código CAByS, cuando la misma se encuentre ligada a un comprobante electrónico que contenga código CAByS.
  • Incluye “Tipo de Transacción”, para el caso de transacciones con tratamientos tributarios específicos, según la necesidad de las partes, por ejemplo, se puede indicar el tipo de transacción “Mercancía de autoconsumo exento o gravado”.
  • Integra nuevas condiciones para los contribuyentes que utilicen el código CAByS de combos/surtidos/paquetes. Es importante recordar que estos códigos se actualizan periódicamente por el Banco Central, por lo cual las empresas deben revisar si se han dado cambios que le afecten.
  • El espacio “Naturaleza del descuento”, es de condición obligatoria con esta nueva versión con más de nueve opciones.