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En Costa Rica, un notario condenado por delitos como fraude registral o corrupción puede retomar sus funciones una vez que ha cumplido la pena, debido a la ausencia de una norma que prohíba expresamente su reincorporación.
Así lo advirtió Melissa Lara Rodríguez, coordinadora de la Fiscalía Adjunta de Fraudes, quien señaló que el actual Código Notarial contempla únicamente sanciones administrativas temporales, como suspensiones de hasta 10 años para quienes incurran en faltas graves. Sin embargo, no establece inhabilitaciones permanentes para quienes han vulnerado la fe pública.
“Estas personas ya traicionaron la confianza institucional. Es inconcebible que puedan volver a ejercer como si nada hubiera pasado”, enfatizó Lara, quien urgió una reforma legal que impida de manera definitiva que personas sentenciadas por delitos contra la seguridad jurídica vuelvan al ejercicio notarial.
La funcionaria explicó que, en muchos de estos casos, la intervención del notario puede ser dolosa, es decir, con conocimiento del fraude y con fines de lucro. En otros, se convierte en una pieza manipulada dentro de una estructura delictiva más amplia. En ambos escenarios, su firma otorga legalidad y legitimidad a trámites falsificados, afectando los patrimonios de personas vivas y fallecidas.
Según la Fiscalía, las principales víctimas son adultos mayores, extranjeros ausentes y compradores que actúan de buena fe, convencidos de estar realizando una transacción legal. En realidad, terminan atrapados en esquemas de criminalidad organizada que utilizan el aparato notarial como herramienta.
A esta grave situación se suma una precaria fiscalización institucional. En el país hay más de 10 mil notarios activos, pero solo seis fiscales y seis técnicos administrativos adscritos a la Dirección Nacional de Notariado tienen a su cargo la fiscalización de todo el gremio.
“La supervisión actual es limitada y responde únicamente a denuncias. No contamos con los recursos para realizar un control preventivo eficaz”, indicó la fiscala.
Lara comparó la situación con la de España, donde el ingreso al notariado exige procesos de selección rigurosos y las sanciones pueden ser de carácter permanente, lo que garantiza mayor protección de la fe pública.
Otro factor alarmante que abordó la Fiscalía es la creciente digitalización del delito notarial.
Con herramientas como la ventanilla digital del Registro Nacional, las redes criminales han descubierto nuevas vías para infiltrar el sistema y ejecutar fraudes de manera remota y sofisticada.
Por su parte Carlos Sanabria Vargas, subdirector de la Dirección Nacional de Notariado (DNN) explicó que la dicha entidad inhabilita de inmediato a cualquier notario que reciba una condena penal en firme, y que una vez cumplida la sentencia la habilitación no es automática, ya que se exige el requisito de buena conducta, contemplado en el artículo 3 del Código Notarial.
Carlos Sanabria Vargas,
Subdirector DNN
“La administración utiliza parámetros para valorar la idoneidad de una persona para ejercer funciones notariales”.
Melissa Lara Rodríguez
Fiscal Adjunta de Fraudes
“La fiscalización actual es insuficiente y reactiva. No tenemos capacidad para hacer un control preventivo integral”.


