Normas de perifoneo en Costa Rica: evite la multa

Se requiere obligatoriamente un permiso del MOPT

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El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) detalló las regulaciones esenciales que rigen el uso de sistemas de perifoneo móvil en Costa Rica, una herramienta común para la difusión de mensajes y campañas.

Los detalles:

  • Permiso Indispensable: Se requiere obligatoriamente un permiso del MOPT. Este trámite se gestiona directamente en el Consejo de Transporte Público (CTP).
  • Horario Limitado: Está prohibido el uso de altavoces desde las 7:00 p.m. hasta las 7:00 a.m. del día siguiente.
  • Restricciones de Proximidad: No se permite operar el perifoneo a menos de 100 metros de clínicas, hospitales, centros educativos o iglesias. En el caso de centros educativos e iglesias, la restricción aplica cuando tienen actividades.
  • Sanción Económica: El incumplimiento de esta normativa conlleva una multa de ₡26.000.