Normas de ejecución que limitan recursos al Poder Judicial serían inconstitucionales

Contraloría cuestiona cinco disposiciones incluidas en el Presupuesto 2027

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Al menos cinco normas de ejecución incluidas en el proyecto de Presupuesto Nacional de 2027 presentan posibles vicios de constitucionalidad, debido a que condicionan o restringen el uso de recursos del Poder Judicial y la Defensoría de los Habitantes.

El criterio se concentra especialmente en las normas 9, 10, 11 y 12, que establecen bloqueos, restricciones para trasladar recursos, condiciones para determinados pagos y requisitos adicionales para utilizar plazas vacantes.

La Contraloría General de la República (CGR) señaló que varias de estas disposiciones exceden el alcance que puede tener una ley de presupuesto.

“El legislador presupuestario no puede imponer deberes, establecer prohibiciones, crear competencias u organizar actividades públicas mediante normas de ejecución de presupuesto”, señaló la Contraloría en su análisis del proyecto.

Uno de los principales cuestionamientos corresponde a la norma 9, que propone bloquear parcial o totalmente 313 de los 543 renglones del presupuesto del Poder Judicial.

El monto sujeto a las condiciones asciende a ¢29.844 millones, equivalente al 5,6% de los ¢530.973 millones asignados a ese poder de la República para 2027.

La liberación de esos recursos quedaría condicionada, entre otros requisitos, a la presentación de estados financieros auditados de un fideicomiso inmobiliario, al cumplimiento certificado de disposiciones de auditoría y a la intervención de la Comisión para el Control del Ingreso y el Gasto Públicos y del Plenario Legislativo.

Según la CGR, este mecanismo desvirtúa la autorización máxima de gasto establecida en el presupuesto y condiciona el uso de los recursos a actuaciones posteriores. La institución también señaló que el ordenamiento ya cuenta con mecanismos de programación financiera para gestionar el flujo de efectivo.

“Considera esta Contraloría que el procedimiento propuesto para lograr la liberación presupuestaria de las partidas bloqueadas constituye un trámite que excede lo establecido constitucionalmente”, indica el documento.

La norma 10 plantea otra restricción para el Poder Judicial y la Defensoría: impediría trasladar recursos entre determinadas subpartidas y obligaría a realizar esos movimientos mediante un presupuesto extraordinario aprobado por la Asamblea Legislativa.

La CGR considera que esa condición contraviene el artículo 45 de la Ley 8.131, debido a que establece para esas dos instituciones un procedimiento más rígido que el aplicado al resto del sector público. Según el informe, esto podría obstaculizar una gestión económica, eficiente y eficaz de los recursos.

La norma 12 también establece requisitos para utilizar plazas vacantes en seis programas judiciales y en la Defensoría.

“Las condiciones establecidas en su diseño podrían exceder el periodo presupuestario, en contraposición al alcance temporal de las normas de ejecución. Lo anterior, por cuanto se refiere a la realización de estudios, ratificaciones, actualizaciones trimestrales, conocimiento en comisión y posterior aprobación en plenario mediante los procedimientos establecidos, lo cual, por los plazos, puede terminar impidiendo finalmente el uso de los recursos”, indicó el ente contralor.

La Contraloría recordó que la Sala Constitucional ya ha declarado inconstitucionales disposiciones presupuestarias similares relacionadas con plazas, debido a que regulan aspectos propios de las relaciones de empleo público y exceden el contenido propio de una ley presupuestaria.

Además, cualquier reforma relacionada con la organización o funcionamiento del Poder Judicial debe ser consultada a la Corte Suprema de Justicia. La CGR citó la resolución 1729-2024 de la Sala Constitucional, mediante la cual se declaró inconstitucional una norma de ejecución que limitaba la creación o utilización de plazas judiciales sin realizar esa consulta.