El nombramiento de un joven de apellidos Barroso Oviedo levantó roncha en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) debido al parentesco con el oficial mayor, de apellidos Barroso Freer.
De acuerdo con una denuncia anónima que ingresó a esta redacción, se trataría de su sobrino. Lo que alegan es que este no tenía ni seis meses de trabajar para el Ministerio cuando habría sido nombrado en propiedad.
Al parecer, ambos habrían laborado juntos también en el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae). El denunciante, quién exigió el anonimato, dijo que la situación había generado roncha a lo interno, pues muchos funcionarios tardan años en alcanzar el mismo estatus.
Consultado sobre el tema, el MEIC indicó que el nombramiento está a derecho y que se hizo de conformidad a los lineamientos establecidos en los artículos 24-25-26 y 27 del estatuto de la Dirección General de Servicio Civil (DGSC) y su reglamento (artículo 15) para nombramientos en propiedad y que, en este caso, el espacio se originó al renunciar el titular de un puesto.
Aducen que se generó una nómina de personas elegibles, luego de verificar el cumplimiento de requisitos para el puesto de técnico 3. La información habría sido envidada al Departamento de Recursos Humanos, por medio de la nómina N.º 457-2021, la cual indicaba las puntuaciones de las personas candidatas.
Se dice que, una vez conocida la nómina, el Departamento de Recursos Humanos convocó a entrevista a cada uno de los candidatos elegibles de la nómina anteriormente citada.
“Las pruebas técnicas, entrevistas técnicas y la elección estuvieron a cargo del Laboratorio Costarricense de Metrología (LCM), -ente desconcentrado del MEIC-, quien determinó técnicamente que la persona idónea para el puesto era Barroso Oviedo”, indicó el Ministerio.
Sobre la contratación a familiares, la entidad se rige de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III, artículo 9, del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil en su inciso b que indica: “No estar ligado por parentesco de consanguinidad o de afinidad en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, con el jefe inmediato ni con los superiores inmediatos de éste en el respectivo Departamento, Oficina o Ministerio.”
Así como también se basa en Artículo 191 de la Constitución Política el cual indica: “Un estatuto de servicio civil regulará las relaciones entre el Estado y los servidores públicos, con el propósito de garantizar la eficiencia de la administración”.
“En el caso concreto del funcionario consultado, su jefa directa es Jennifer Sánchez y la jefa de esta, Dahianna Marín, directora del LCM. “Él sí cumplía los requisitos para el puesto de técnico 3 de Servicio Civil”, dijeron en la cartera.