Multas a empresas que sobornen van de ¢446 mills. a ¢4.462 mills.

A pesar de la oposición de la Defensa Pública, la Corte Plena y un sector del empresariado, este lunes los diputados aprobaron en primer debate el expediente 21.248, que castiga con fuertes penas a las empresas y otras organizaciones que cometan cohechos domésticos, soborno transnacional y otros delitos. La iniciativa pretende establecer la responsabilidad penal […]

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A pesar de la oposición de la Defensa Pública, la Corte Plena y un sector del empresariado, este lunes los diputados aprobaron en primer debate el expediente 21.248, que castiga con fuertes penas a las empresas y otras organizaciones que cometan cohechos domésticos, soborno transnacional y otros delitos.

La iniciativa pretende establecer la responsabilidad penal de las personas jurídicas (es decir, las sociedades nacionales y extranjeras) en la comisión de los delitos contemplados en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, así como aumentar las herramientas legales para castigar a estas empresas que se beneficien por la corrupción al sobornar funcionarios.

El cohecho (también llamado soborno en el ámbito legal) es un delito que consiste en sobornar a una autoridad o funcionario público mediante la solicitud de una dádiva a cambio de realizar u omitir un acto inherente a su cargo.

Dyalá Jiménez, ministra de Comercio Exterior, indicó que este proyecto es un requisito para ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). 27 de los 37 países escogieron la vía penal, como lo propone también esta iniciativa. 

“Lo hacemos así porque tenemos toda la institucionalidad lista para que sea por esta vía penal y que el Ministerio Público ponga en regulación a las empresas, ya sea residentes, domiciliadas y que tienen actividades en el país”, explicó.

 

FUERTES SANCIONES

 

La iniciativa contiene sanciones económicas de 1.000 a 10 mil salarios base para las empresas que cometan sobornos. Hoy el sueldo base se establece en ¢446.200. Es decir, la multa iría de ¢446 millones a ¢4.462 millones.

Además se exponen a la clausura de sus actividades por un plazo de 1 a 5 años, quedarían imposibilitadas de realizar contratos con el Estado por 10 años, perderían beneficios fiscales y se les cancelarían los contratos públicos.

El dueño de la compañía o su representante se expone a una multa de 4 a 12 años de prisión si comete soborno a un funcionario y este también al aceptar alguna dádiva.

Pero también ese funcionario que recibe regalos de empresas nacionales a cambio de hacer actividades fuera de sus funciones se expone a una pena de 4 a 10 años de cárcel.

Aumenta a 13 años si ese funcionario público, por ejemplo, beneficia con un puesto a otra persona, realiza favores en temas de tarifas públicas, pensiones, contratos públicos y cobro de impuestos. 

 

OPOSICIÓN

 

Semanas atrás la Corte Suprema de Justicia se pronunció en contra de la propuesta al alegar un informe de la Defensa Pública, el cual indica que debería asumir la defensa (es decir, nombrar un defensor público) procesal penal de la persona jurídica.

Esa medida desviaría recursos públicos que están destinados a la atención de poblaciones vulnerables para dedicarlos a personas económicas solventes. 

Además se expresa la imposibilidad de contar con el personal capacitado para hacer frente a las exigencias de la iniciativa de ley. 

“Considerando que el proyecto de ley aumenta la competencia de los órganos jurisdiccionales, los que conocerán de hechos vinculados con nuevas figuras delictivas y la modificación de otros ilícitos; asimismo, incluye un incremento de las labores que le corresponden al Ministerio Público y, en este caso también, a la Defensa Pública, a quien se le encarga de ejercer la representación legal como curador procesal de la persona jurídica (art. 19), estimo que el contenido y propuesta de la presente iniciativa legal, conforme al artículo 167 de la Constitución Política, sí incide en la organización y funcionamiento del Poder Judicial, con sustento en el análisis y observaciones del texto consultado”, se lee en el informe de Ramírez, del cual DIARIO EXTRA tiene copia.

Precisamente por esta oposición el proyecto debió contar con más de 38 votos. Al final 43 legisladores lo aprobaron y solo 3 lo adversaron.

 

José María Villalta

FA

 

“Los actos de corrupción no solo afectan al fisco, sino también la atención de las personas más vulnerables, la prestación de los servicios públicos. Cuando una licitación se amaña para favorecer a una empresa y se recibe una dádiva, ese chorizo no solo afecta la plata del sector público, sino también a las personas usuarias”.

 

Pedro Muñoz

PUSC

 

“Hay una sanción de hasta 10 mil salarios base que no tiene ninguna limitación de proporcionalidad. Se deja absolutamente abierto para el juez de si esa multa aplica independiente de la gravedad del acto corrupto que se está conociendo”.

 

Carolina Hidalgo

PAC

 

“¿Por qué es importante el proyecto? Porque Costa Rica ya es parte de la Convención contra el Soborno Internacional y esto permitirá al país luchar contra este tipo de acciones para poco a poco avanzar hacia ser un país más transparente”.