La Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) obstaculizó la defensa a un extranjero detenido que estaba a punto de ser deportado por vínculos con pandillas de Estados Unidos con inclinación a la Mara Salvatrucha.
La Sala Constitucional condenó a dicha institución por obstruir el mecanismo de defensa del foráneo tras la resolución 28550-2022, del 29 de noviembre.
De acuerdo con un recurso de habeas corpus, la detención del extranjero se produjo el 5 de octubre, tras dictársele una aprehensión de carácter administrativo.
El sujeto relató que tiene una hija costarricense, no obstante, se ordenó su deportación e impedimento para ingresar al territorio nacional durante los próximos cinco años.
El recurso cita que presuntamente tenía un ligamen con la Mara Salvatrucha, mientras que, tras realizársele consulta sobre eventos delictivos, ya tenía una condena en Estados Unidos por robo, asalto y agresión.
IMPEDIMENTO
El habeas corpus resume que el representante legal del extranjero llegó el 21 de noviembre al centro de aprehensión ubicado en Los Lagos, Heredia, para visitarlo.
De acuerdo con dicho recurso, hubo una tardanza de cuatro horas para que el extranjero pudiese tener algún tipo de defensa, la cual no se dio durante ese momento.
La acción citó que un funcionario legal de la Unión Policial de Apoyo Profesional (UPAP) hizo la atención y determinó que había un poder especial que hacía prácticamente que la representación legal recayera en otro jurista.
“El amparado lo llamó para decirle que ya lo habían autorizado para entrar y hablar con su persona y que le recogiera las firmas referidas, pero entonces el recurrente le manifestó que no podía ir hasta el día siguiente, lo cual efectivamente hizo.
Pero al llegar se encontró que nuevamente habían cambiado de criterio y le impidieron hablar con el amparado, ni siquiera pudo verlo y los argumentos fueron los mismos”, se lee en el habeas corpus.
La persona detenida quería incluir en su expediente la notificación de una resolución del proceso de pensión alimentaria que sigue su curso en el Juzgado Contravencional y de Pensiones Alimentarias del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, en San Ramón.
RESOLUCIÓN DE LA SALA
La resolución del recurso de habeas corpus la redactó Fernando Cruz Castro, magistrado de la Sala Constitucional.
Tras el análisis de las partes, el máximo tribunal señaló que existen lesiones a los derechos fundamentales del tutelado.
“El tutelado tiene el derecho de consultar con profesionales en derecho, aun cuando estos no figuren como representantes en los procesos o procedimientos que tenga pendientes, libertad que no podría ser válidamente disminuida por una sola condición de aprehendido.
Corolario de lo expuesto, se impone la presente estimatoria de conformidad con lo indicado en la parte dispositiva de esta sentencia”, escribió el magistrado Cruz.
Se declaró con lugar el recurso y se ordenó a Marlen Luna Alfaro, directora general de Migración y Extranjería, que coordine lo necesario para que de forma inmediata se permita al recurrente la visita de su abogado.
“La Dirección General de Migración y Extranjería, respetuosa de lo dispuesto por la Sala Constitucional, procederá con el acatamiento de lo señalado en la sentencia emitida.
Esto a raíz del recurso de habeas corpus interpuesto por el representante legal de una persona extranjera aprehendida en el Centro de Aprehensión Región Central”, respondió Migración tras consulta de DIARIO EXTRA.