Un recurso de amparo se interpuso en contra del presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, y el ministro de Hacienda, Elián Villegas, por supuestamente incumplir el mandato de la Ley 9635 para la instalación de escáneres.
La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas ordena instalar los equipos y los sistemas de la tecnología que posibiliten la inspección no intrusiva del 100 %, de las mercancías que pasen como exportaciones o importaciones por las fronteras terrestres, puertos y aeropuertos de todo el país.
Se pide establecer las normas jurídicas y reglamentarias que así se requieran para la implementación de lo estipulado en la norma y que se asigne contenido presupuestario permanente, se implemente contratación administrativa, así como atención técnica, contratación, designación y capacitación de personal para el manejo adecuado del equipo.
La Defensoría de los Habitantes argumentó en el recurso de amparo que hay una norma jurídica que, de manera expresa, habilita este derecho y dispone la obligación del Estado.
“Sin embargo, pese a que la normativa que acredita la existencia de una necesidad se encuentra vigente desde el mes de diciembre de 2018, el Estado aún no ha completado las acciones correspondientes para hacer efectivo lo estipulado en la ley, lo cual significa una clara afrenta a principios constitucionales, tales como el de la responsabilidad administrativa”, indicaron.
Aseguran que el Ministerio de Hacienda no ha atendido esta obligación a pesar del tiempo transcurrido y el incumplimiento de la norma jurídica que estableció un plazo preciso para la instalación de la tecnología que posibilite la inspección total de las mercancías que ingresen o salgan de todo el país.
No se omite indicar que esto, a su vez, ha ido en menoscabo del principio constitucional de responsabilidad que dispone el deber de evaluación, cumplimiento, legalidad y rendición de cuentas, advierte la Defensoría.
“Es posible afirmar que las autoridades recurridas no tienen fundamento alguno, para que una vez vencido el plazo correspondiente otorgado dentro de una Ley de la República, incumplan abiertamente el mandato constitucional referido al buen funcionamiento de los servicios públicos, alegando falta de recurso humano, técnico, razones de índole presupuestario y de ausencia de normativa de carácter regulatorio”, manifestaron.
En criterio de la Defensoría, las justificaciones no resultan razonables y colocan a la ciudadanía en una situación de inseguridad jurídica y de vulnerabilidad.