El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) negó información al Concejo Municipal de Zarcero relacionada con el Reglamento de Fraccionamiento Urbanístico.
Por tal razón, dicho concejo municipal debió interponer un recurso de amparo ante la Sala Constitucional para poder acceder a información que ellos consideran de carácter público.
Jonathan Solís, presidente del Concejo Municipal de Zarcero, relató que la organización municipal, por medio de una moción, solicitó datos que se requerían como la determinación de un estudio tarifario y la justificación de los gastos de la tarifa establecida por el reglamento de la entidad.
Agregó que también tenían dudas respecto a las segregaciones frente a calle pública, las especiales y algunos otros aspectos de carácter técnico.
Dijo que se procura obtener información sobre cómo se hicieron esos análisis para poder llegar a los montos establecidos que son los ¢41.000 que se están cobrando por el visado del INVU.
“Estamos solicitando información con respecto a lo que es el destino de esos dineros, cuánto están costando en este caso las visitas a las propiedades por los técnicos que tienen que ir a revisar para hacer los visados y demás, todo ese tipo de montos y demás.
Asimismo, cuando solicitamos esta información se lo comunicamos a las demás municipalidades del país y a otras instituciones públicas que nos apoyaron con la moción”, señaló Solís.
INQUIETUDES
El jerarca del Concejo Municipal manifestó que a raíz de las inquietudes se fue al INVU y que les dieron una respuesta que para nada los satisface, pues les dijeron que no les darán ninguna información.
El edil manifestó que el INVU les mandó a decir que el accionar de la Municipalidad de Zarcero es un accionar fiscalizador, para la que no se encuentran facultados por ley y que ellos son una institución autónoma.
“Conforme a lo expuesto, consideramos que la solicitud realizada por el Concejo Municipal de la Municipalidad de Zarcero, -institución de carácter autónomo similar a nuestra institución-, no es una mera solicitud, es un acto de fiscalización, mediante el cual pretende ejercer un control de legalidad, que viola tanto lo establecido en la Constitución Política, como en la Ley General de la Administración Pública, y demás normativa vinculante.
De los criterios mencionados, emitidos por la Procuraduría General de la República y la Sala Constitucional, queda suficientemente claro que la potestad de dirección, coordinación y fiscalización sobre las instituciones autónomas le corresponde únicamente al Poder Ejecutivo”, apuntó el INVU.
El citado instituto indicó que hasta el momento no fueron notificados, por lo que desconocen el contenido del recurso de amparo, de manera que no podrían referirse al respecto.