La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) registró en promedio 59 operaciones sospechosas por mes durante 2024 con un crecimiento especial de las cooperativas.
En el caso de estas últimas, los reportes pasaron de 14 a 27. Diario Extra consultó a Fernando Ramírez, director del ICD, para conocer a qué se debe este fenómeno.
“Respecto a las cooperativas y el incremento que ha existido en cuanto a los eventos o los reportes, esto es una situación normal que puede ocurrir con cualquier sujeto obligado en donde, dependiendo del año, pueden existir aumentos considerables, como en este caso, que prácticamente se duplicó, o bien podrían disminuirse también de manera considerable”, declaró.
Asimismo, indicó que es importante destacar que los oficiales de cumplimiento realizan su trabajo y su función adecuadamente.
“Adicionalmente, las cooperativas como sujetos obligados también están atendiendo las disposiciones que la Ley 8204 les establece en cuanto a esa obligatoriedad de poner en conocimiento de la UIF los reportes de operación sospechosa. Esto nos demuestra que el sistema antilavado se encuentra fortalecido y está funcionando”, añadió.
Cabe destacar que el flujo de dinero que se movilizó en estas operaciones también creció, de acuerdo con lo que refleja el informe de las autoridades, al pasar de ¢1.711 millones a ¢3.959 millones.
“Esto también obedece a ese aumento en la cantidad de reportes de operación sospechosa y también a las transacciones que fueron llamativas para el oficial de cumplimiento y que hicieron necesaria la comunicación a la Unidad de Inteligencia Financiera”, finalizó.
Grace Badilla López, presidente de la Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito, explicó a Diario Extra que cuando una entidad financiera, incluidas las cooperativas reguladas, en sus procesos de monitoreo de las transacciones de los asociados concluye que una operación inusual es sospechosa tiene la obligación de remitir un reporte.
“Las operaciones sospechosas se determinan a partir del monitoreo de ciertos patrones o características inusuales en las transacciones financieras que realizan los asociados. Están definidas en la normativa como aquellas transacciones inusuales realizadas en forma periódica o aislada, que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad de que se trate resulten sin justificación material, económica o legal evidente, o de complejidad injustificada”, detalló.