Lucha global contra la discriminación laboral

Erick Briones Briones Doctor y Profesor en Derecho Laboral Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica

La discriminación, un fenómeno histórico que ha marcado la vida de millones de personas a nivel mundial, se manifiesta de diversas maneras, incluyendo raza, género, religión, orientación sexual, entre otras. En el ámbito laboral, sus efectos son devastadores, afectando el acceso a empleos, salarios justos y oportunidades de desarrollo. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las formas más comunes de discriminación en el trabajo abarcan: a) discriminación racial y étnica:  obstáculos en el acceso a empleos y salarios equitativos; b) discriminación de género: brechas salariales y limitaciones en oportunidades de ascenso; c) discriminación por discapacidad: barreras que excluyen a personas con incapacidades del mercado laboral.

Estos problemas no solo son cuestiones éticas, sino que también tienen profundas implicaciones económicas, jurídicas y sociales. Las sociedades que toleran la discriminación tienden a experimentar un aumento en la pobreza, la violencia y la inestabilidad social. Ante ello, la OIT ha establecido convenios claves que buscan erradicar la discriminación laboral. Entre ellos destacan: a) Convenio no. 111, sobre la discriminación (Empleo y Ocupación) (1958): prohíbe la discriminación en el empleo y promueve la igualdad de oportunidades; b) Convenio sobre la Igualdad de remuneración (1951): asegura que hombres y mujeres reciban igual salario por trabajo de igual valor; c) Convenio sobre la protección de la maternidad (2000): protege los derechos de las trabajadoras durante el embarazo y la maternidad.

Dentro del contexto nacional, a pesar de haberse ratificado el Convenio No. 111 desde 1961, Costa Rica tardó más de 40 años en regular la no discriminación en su Código de Trabajo. La ley no. 8107, promulgada en 2001, fue un hito en esta lucha, estableciendo mecanismos claros para que las personas trabajadoras pudieran denunciar actos discriminatorios. Adicionalmente, la ley no. 7600, que promueve la igualdad de oportunidades para personas con discapacidad, y la reforma procesal laboral de 2017, que prohíbe la discriminación por múltiples razones, han sido pasos significativos, hacia un entorno laboral más inclusivo.

De allí, que se puedan dar algunos consejos, para una contratación, libre de discriminación: a) si se va a utilizar la Inteligencia Artificial, el contratado debe saber de antemano, dicha modalidad, bajo un marco de ética y transparencia; b) solicitar certificados de antecedentes penales solo cuando sea pertinente y no sea el único criterio de exclusión; c) cumplir con principios de transparencia y publicidad en el reclutamiento público; d) evitar pruebas de VIH o embarazo a menos que sea estrictamente necesario por motivos de salud; e) reservar un 5% de plazas para personas con discapacidad en el sector público; f) implementar acciones afirmativas para grupos históricamente discriminados, como afrodescendientes; g) fomentar oportunidades para mayores de 45 años para lo cual existen incentivos fiscales; h)verificar la elegibilidad de candidatos inhabilitados para cargos públicos; i) contratar a personas no nacionales bajo condiciones de igualdad, siempre priorizando a costarricenses; j) formalizar la contratación mediante un contrato escrito o acuerdo verbal, según corresponda.

Es que, a pesar de los avances significativos en el país, los desafíos persisten. Las crisis económicas y las tensiones sociales continúan exacerbando las desigualdades. La OIT ha desempeñado un papel crucial en la regulación de la discriminación, pero es esencial que los esfuerzos continúen para asegurar un trato justo y equitativo para todos, tales como fortalecer la inspección de trabajo y promover la sensibilización sobre los derechos laborales, asegurando que cada individuo tenga acceso a un entorno laboral libre de discriminación.