Los conductores enfrentan limitaciones para transitar en carretera desde que nació la restricción vehicular sanitaria, sin embargo eso parece no importarles a las autoridades del Ministerio de Hacienda.
Bajo la excusa de una “responsabilidad fiscal”, el gobierno solicitó a la Asamblea Legislativa que no apruebe el planteamiento que tiene como finalidad reducir el costo del derecho de circulación 2022.
Una de las grandes molestias en la actualidad es que los conductores cuentan con una franja horaria que les impide circular libremente por el territorio nacional, en este caso de 10 p.m. a 5 a.m. e incluso los fines de semana.
El Ministerio de Hacienda quiere cobrar el derecho de circulación como si los choferes tuvieran la libertad de circular a cualquier hora.
Precisamente parte de la recaudación del impuesto al marchamo va dirigido al Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) para el mantenimiento de la obra vial.
No obstante, otro de los fuertes señalamientos tiene relación con la incapacidad de la entidad para dar mantenimiento a la red vial nacional, la cual luce en algunos tramos con un importante deterioro.
SOLICITUD
Desde el Ministerio de Hacienda efectuaron dicha solicitud al conocer la propuesta de ley que busca una disminución en el impuesto de la propiedad de vehículos.
Ese componente absorbe casi el 70% del derecho de circulación y, según Hacienda, su reducción implicaría ir en contra del esfuerzo de consolidación fiscal.
“Este tipo de medidas impacta la disponibilidad de recursos para programas prioritarios hacia la población establecidos en la legislación vigente y afectaría negativamente la meta de recaudación incluida en los compromisos con el Fondo Monetario Internacional (1,17% PIB), y con ello los resultados fiscales del presente ejercicio económico”, señaló.
El Ministerio siguió justificándose que el proyecto no cuenta con una fuente alterna de recursos para compensar los ¢70.000 millones que generaría esa rebaja.
Indicaron que esa reducción exigiría la búsqueda de nuevas fuentes de ingresos con el fin de compensar el faltante que se produciría, sea por un incremento en la deuda o la aplicación de nuevos impuestos.
Una moción vía artículo 177 del Reglamento Legislativo, propuesta por el diputado Jonathan Prendas, señala que el Plenario legislativo acuerde dispensar de todo trámite previo el expediente 22.519 “Ley para el Alivio en el Pago del Marchamo”.