La Sala Constitucional se trajo abajo la denominada Ley Jaguar. Mediante sentencia unánime 2024-21375, los magistrados determinaron que el expediente N°. 24.364 contiene vicios de constitucionalidad.
Desde la Sala IV, señalan que los artículos 2, 3, 4 y 5 de la propuesta del Gobierno resultan contrarios a la normativa vigente.
Algunas de las razones externadas por el alto tribunal incluyen que la iniciativa debilita a la Contraloría y frena sus funciones constitucionales. Del mismo modo, se tomó en cuenta el voto 1998-998, el cual establece que ninguna ley puede rebajar, disminuir o suprimir funciones a entes públicos.
El tribunal lo integraron los altos jueces Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas e Ingrid Hess Herrera, así como la magistrada suplente Alexandra Alvarado Paniagua.
Cabe señalar que, en el análisis de algunos artículos, los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvaron parcialmente el voto.
“La Sala Constitucional, en una sesión que arrancó a las 9 a.m. y terminó a las 18:45 horas resolvió la consulta facultativa presentada por el TSE sobre la denominada Ley Jaguar. La Sala encontró vicios de inconstitucionalidad en todos los artículos consultados (…)”, indicó Fernando Castillo Víquez, presidente de la Sala IV.
¿EN QUÉ CONSISTE EL PROYECTO?
•La propuesta del Ejecutivo plantea que la CGR no pueda interferir, advertir ni recomendar asuntos relativos a la Administración Pública, ni tampoco tendría potestad para evaluar previamente la gestión administrativa, además prohíbe suspender actos y contratos del Estado o sus instituciones.
•De igual modo, modifica la Ley Orgánica de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) para arrendar, comprar o construir inmuebles en terrenos públicos. El objetivo sería el avance de la Terminal Portuaria del Caribe.
•También, modifica el artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública para que la Administración pueda adquirir o arrendar inmuebles, tanto por construir, en proceso de construcción o construidos sobre terrenos públicos.
•Finalmente, se reformaría el artículo 11 de la Ley de la CGR, donde se limita la fiscalización de los fondos públicos.
¿Y AHORA?
•El TSE indicó que analizarían lo resuelto por la Sala Constitucional una vez les llegue la determinación de forma integral.
•Del mismo modo, el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa tendrá que pronunciarse sobre el pronunciamiento de la Sala IV.
•Dicho informe será remitido también al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). A partir de allí, el TSE tendrá que tomar una decisión.
•Hay distintas variables: que el TSE acoja lo señalado desde la Sala IV y desde el Congreso y termine de enterrar la propuesta del Gobierno.
•Otra de las posibilidades consiste en que se solicite a los diputados corregir lo puntualizado por la Sala IV. Para ello, tendrían que remitir el texto a una comisión especial.
*Colaboraron los periodistas Emmanuel Miranda y Daniel Suárez.
REACCIONES
•Casa Presidencial detalló que realizará una conferencia de prensa este martes para pronunciarse oficialmente sobre lo definido por los magistrados.
•La Defensoría de los Habitantes pidió al Gobierno respetar las resoluciones emitidas por la Sala Constitucional, pues el acatamiento de lo resuelto por dicho órgano jurisdiccional ante los asuntos sometidos a su conocimiento es necesario para la seguridad jurídica del país, indistintamente de las posiciones particulares de las partes involucradas.
¿QUÉ OPINAN DEL FALLO?
José Pablo Sibaja
Nueva República
“Respetamos la decisión y acataremos lo que la Sala IV dice. Nos preocupa que la Sala dice que casi el 100% de los artículos tiene roces de inconstitucionalidad. ¡Qué lástima que el Poder Ejecutivo invirtiera tantos recursos en un proyecto así!”.
Andrea Álvarez
PLN
“Lo advertí al ser la primera diputada en anunciar mi voto negativo a ese texto que, además de violar la Constitución, era una amenaza a la Contraloría como una puerta a la corrupción”.
Luis Diego Vargas
PLP
“Desde un inicio manifestamos nuestras serias dudas, y ahora hacemos un llamado al presidente para trabajar en conjunto con las soluciones que necesita el país, pero bien hechas”.
Antonio Ortega
FA
“Celebramos que la Sala Constitucional señala que la Ley Jaguar tiene vicios. Esa ley quiere abrir portillos a favor de la corrupción y es un retroceso en materia de contratación pública, fiscalización y lucha contra la corrupción”.
Albino Vargas
Secretario general ANEP
“El fracaso más estrepitoso del Gobierno. Este se queda sin proyecto político. Nunca pudo mostrar músculo social de apoyo. Es el momento de que le dé un viraje radical a su gestión y acepte con humildad que la Constitución de 1949 es más fuerte de lo que imaginó”.
CONTRALORA REACCIONA
Marta Acosta
Contralora
“Nos satisface la decisión de la Sala Constitucional sobre las competencias de fiscalización con las que la Contraloría debe ejercer los controles previos, preventivos y posteriores, establecidos tanto en la Constitución Política, así como en las leyes que rigen nuestras competencias. Hemos cumplido con seriedad nuestro rol en el pasado, lo hacemos en el presente, y lo seguiremos haciendo a futuro, cumpliendo con el principio de legalidad, la ética y las buenas prácticas nacionales e internacionales. Los ciudadanos pueden tener garantía de que las actuaciones de la institución siempre pueden ser revisadas en instancias judiciales, como en un Estado Democrático de Derecho corresponde”, aseveró Acosta.
LA VOZ DEL EXPERTO
Luis Felipe Rodríguez
Especialista en Derecho Constitucional
“Me parece que la Sala, en esencia, hizo lo que muchísimos advertimos desde el Derecho Constitucional, que había una inconstitucionalidad evidente en el proyecto de ley. Lo que la Sala vino a hacer fue confirmar esas sospechas que se derivan simplemente de leer, no solo los artículos de la Constitución que regulan a la Contraloría, sino también lo que la propia Sala había dicho no en una, no en dos, sino en más de tres ocasiones, que esas competencias, esas potestades de fiscalización de la CGR, no se originan solamente de su ley, sino también de la Constitución.
Creo que evidentemente da un golpe muy fuerte al proyecto Ley Jaguar, porque viene a reafirmar que en un Estado de Derecho no puede haber una ley que esté por encima de la Constitución. Ese pacto fundamental, que nos define como sociedad, que nos define como como Estado y que establece derechos y limitaciones al poder.
Definitivamente el proyecto está cuesta arriba. Dudo mucho que este criterio de la Sala Constitucional vaya a variar en alguno de los otros procedimientos en los que se trata de aprobar la Ley Jaguar y, muy posiblemente, los diputados lo van a valorar en ese sentido”.