El presidente de la República, Rodrigo Chaves, aseguró que la ley de usura que limitaba lo que cobran los bancos comerciales y otras instituciones financieras provocó exclusión financiera, esto habría contribuido a que muchas personas buscaran endeudarse con prestamistas informales gota a gota.
Así lo afirmó en la presentación del Plan Nacional para combatir los préstamos gota a gota el martes 28 de mayo. Chaves declaró: “Definir la usura es muy difícil porque si usted no le pone precio al riesgo sabiendo que cada cliente tiene un perfil de riesgo diferente, en un mundo ideal cada crédito debería tener una tasa distinta”.
Seguidamente, el mandatario cuestionó la ley aprobada y recordó que en su momento él se opuso la forma en que Rodrigo Cubero, entonces presidente del Banco Central, fijó los topes iniciales máximos que podían cobrar las instituciones financieras.
“Las tasas de usura, por tanto, requieren entender cuál es el riesgo de cada quien. El camino al infierno está pavimentado de buenas intenciones. La ley de usura vino a crear escasez.
Si usted no me deja cobrar lo que yo creo que vale este crédito, entonces lo eliminaron y con eso excluyeron financieramente a muchísimas personas, entonces yo creo que Costa Rica se precipitó a pasar una ley en la que no existen los elementos empíricos para saber qué es usura y qué no” planteó.
VOCES SIMILARES
En una línea similar Francisco Gamboa, ministro de Economía Industria y Comercio, comentó a DIARIO EXTRA que “el presidente de la República lo dijo de manera muy clara en su intervención en la conferencia, que sin duda alguna hubo un impacto en el tema de la inclusión financiera, pero la legislación es la que tenemos vigente y por eso es necesario combatir la exclusión que produjo con políticas de préstamos flexibles”.
Otra voz que considera esa exclusión generaría el caldo de cultivo para los prestamistas gota a gota es Gina Carvajal, gerente del Banco Popular. La funcionaria manifestó: “Creo que hay que revisar la legislación. En América Latina se están haciendo revisiones para determinar un instrumento técnico”.
También comentó: “Se debe cobrar lo que cuesta la pérdida esperada de algún tipo de cliente, es decir, si la pérdida esperada supera el 40%, usted no puede cobrar menos de un 40%.
El problema es que los instrumentos que ponen tope a las tasas nos hacen llegar solo a cierto tipo de clientes y no poder innovar hacia otros mercados u otros clientes que requieren un apoyo superior, entonces aquí es un tema de poner primero la inclusión”.
Ni el presidente ni el ministro aseguraron si el Poder Ejecutivo presentaría una iniciativa para derogar o reformar esta ley, no obstante, Gamboa dijo que todas las cartas están sobre la mesa, pero que por el momento desarrollan las políticas públicas con la normativa vigente.
HISTORIA DE LA LEY DE USURA
En la campaña electoral de 2018 salió como un tema importante la necesidad de regular lo que cobran las instituciones financieras por los préstamos.
Terminada la campaña, el diputado oficialista Welmer Ramos presentó una iniciativa para limitar a un tope máximo fijado por el Banco Central.
Después de dos años de discusiones, en 2020 dicho proyecto fue promulgado con el número 9859.
La norma reforma a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor en dos puntos específicos. El primero es que el Banco Central fija un tope máximo de las tasas de interés que pueden aplicar las instituciones financieras.
En segundo lugar, limita el porcentaje del salario que puede embargarse ante un incumplimiento por parte del deudor. Este punto también ha sido cuestionado por varias instituciones.
Para 2024 el Banco Central fijó como tope máximo de las tasas de interés (para todo crédito, excepto los microcréditos) un 38,55% cuando el préstamo es en colones y un 30,53% si es en dólares.
En el caso de los microcréditos, estos consisten en aquellos que no superan en 1,5 veces el salario base de un oficinista del Poder Judicial. Para 2024 estos créditos serían aquellos menores a ¢693.300.
La tasa para los microcréditos para 2024 es de un 54,37% en colones y un 43,23% en dólares.