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El proceso judicial que enfrenta al creador de contenido Diego Bravo con el presentador televisivo Mauricio Hoffmann y la creadora de contenido Majo Ulate avanzó este miércoles con la incorporación de una prueba documental.
El caso se relaciona con una querella presentada por Hoffmann y Ulate contra Bravo por presuntos delitos contra el honor, vinculados con videos y publicaciones difundidos en redes sociales en el 2022.
Rafael Rodríguez, representante legal de Mauricio y Majo, explicó que durante la audiencia se incorporó un acta notarial que documenta la forma en que fueron recopilados y respaldados los videos relacionados con los hechos que son objeto de acusación.
“Hoy se incorporó prueba documental, a saber, un acta notarial donde constan la forma en que fueron documentados todos los videos. La misma contiene una transcripción literal de cada video y cada expresión difamante que se realizó”, indicó el defensor.
El abogado agregó que el documento también deja constancia del lugar donde se conservan los archivos audiovisuales.
“En esa acta se dejó razón de un archivo en Google Drive en el cual se conservan los videos como prueba, además de los presentados como documento en un archivo digital”, agregó.
En términos sencillos, el acta notarial busca dejar documentado el contenido de los videos y la manera en que fue respaldado para su incorporación al expediente judicial.
¿Por qué se reprogramó el juicio y qué significa el plazo de 10 días?
La audiencia de este miércoles no significó el cierre del proceso. Después de la incorporación de la prueba documental, se estableció que el juicio continuaría el 30 de setiembre.
En los juicios penales, la legislación costarricense establece que el debate debe desarrollarse de manera continua. El Artículo 336 del Código Procesal Penal contempla un plazo máximo de diez días para determinadas suspensiones, con el objetivo de evitar que transcurra demasiado tiempo entre las audiencias y se pierda la continuidad del debate y la valoración de las pruebas.
Randall Céspedes, abogado de Diego Bravo, explicó que la reprogramación estuvo relacionada con la agenda del tribunal y a que durante la mañana debía participar en otro juicio.
“Se reprograma debido a una capacidad de agenda del tribunal. Entonces, lo que establece la Ley es que se puede suspender máximo por diez días hábiles”.
El defensor también explicó que el tribunal modificó el orden de la diligencia para atender el plazo legal relacionado con la suspensión del juicio.
En otras palabras, según la explicación del abogado, el Tribunal dio prioridad a la incorporación de la prueba documental para atender el plazo establecido por ley y mantener la continuidad del proceso. Esto no significa que el acta notarial, por sí sola, determine la responsabilidad de alguna de las partes.
El juicio continuará el 30 de setiembre, cuando las partes regresen al tribunal para avanzar con las diligencias pendientes.
La incorporación del acta notarial constituye un paso dentro del proceso de recepción y valoración de pruebas.
Será el tribunal el que analice los elementos presentados y determine las responsabilidades que correspondan, sin que la audiencia de este miércoles represente una sentencia definitiva.
El caso permanece abierto y las partes continuarán con sus respectivas estrategias legales durante las siguientes etapas del juicio.
Hay que recordar que los querellantes solicitan una indemnización de ¢5 millones para cada uno, para un total de ¢10 millones por concepto de daño moral. El reclamo económico forma parte de la acción civil presentada junto con la querella penal.
Además, la pareja exige una disculpa pública y la eliminación de los contenidos en los que, según ellos, Bravo se refirió de manera ofensiva a ambos
