San José es la provincia con más casos.
Cobro extorsivo recibirá cárcel de cuatro a 15 años.
Los préstamos gota a gota afectan a miles de familias costarricenses desde hace muchos años, por eso, la Asamblea Legislativa aprobó una ley que los tipifica como delito.
El Organismo de Investigación Judicial (OIJ), tras una consulta de DIARIO EXTRA, confirmó que ha recibido más de 433 denuncias, desde enero a julio de 2024, esto supone que en promedio se interponen 62 al mes por este concepto.
Cabe señalar que la Ley N°10.471 sanciona a quienes amenacen e intimiden ilícitamente de forma personal, a través de terceras personas y por cualquier medio de comunicación, con el fin de exigir a un deudor o sus familiares al pago de la deuda o de la obligación crediticia que le haya sido otorgada de manera ilegal por necesidad.
Los datos referidos indican que de enero a julio se contabilizan 433 casos por extorsiones (modalidad préstamo informal), siendo el pico máximo en marzo con 74.
La provincia más afectada por este flagelo es San José con un total de 233, seguida por Cartago con 90.
TESTIMONIOS
El acudir a estos préstamos informales se convirtió en una verdadera pesadilla para un hombre al que llamaremos Ricardo, quien aseguró que gracias a su familia salió de la problemática, sin embargo, pasó momentos muy intensos.
“Yo realmente lo que solicité fueron como ¢40.000, al principio, con base en eso, me cobraban ¢20.000 más. Estas personas averiguaron que me pagaban por semana, por lo que en pocos días me decían que tenía que abonar ¢10.000 a la cuenta y la misma cantidad a los intereses. Al final llegué a un punto que tuve que ajustar ¢300.000 para saldar la deuda”, indicó.
Además, refirió que estos prestamistas informales incluso en una ocasión se presentaron hasta su lugar de trabajo para intimidarlo.
“Precisamente dos personas llegaron a mi empleo, uno de ellos era el jefe, el cual andaba un arma en el pantalón, lo que hizo fue enseñarla y decirme que debía pagar lo más pronto posible. Llegaron a un punto en que se dieron cuenta que yo salía a cierta hora y me empezaron a seguir”, añadió.
Ricardo comentó que para salir de esta problemática tuvo que solicitarle ayuda a su familia.
Otra persona a la que identificaremos como Juanito no ha corrido con la misma suerte, pues aún es víctima de quienes lo extorsionan para que pague su deuda. Una de las principales motivaciones para solicitarlo fue la falta de accesibilidad para pedir un préstamo formal.
“Existe un problema, para adquirir créditos con ellos es muy fácil, en cambio, si usted va a un banco le ponen muchas trabas. Yo adquirí esta deuda debido a unas emergencias que tenía.
Cuando se aprobó la ley, el Gobierno incentivó los prestamitos, para evitar los gota a gota, sin embargo, cuando hago todo el trámite me dicen que como estoy inscrito en Hacienda no me aprobaron el préstamo”, narró.
Asimismo, agregó que hace un tiempo le ingresó un mensaje de otro país para poner fecha de pago.
“Me llegó un mensaje para que cancelara un monto que evidentemente no era el solicitado, con el fin de ya no deber nada. He sentido demasiado temor”, enfatizó.
DESESTÍMULO
El Periódico de Más Venta en Costa Rica conversó con Alfredo Chirino, abogado penalista, quien dijo que con la aprobación de la Ley N°10.471 se castigará a los que cobran estos créditos.
“El objetivo de esta Ley es desestimular los modos con los cuales se procura intimidar o amenazar a los deudores para que paguen préstamos gota a gota, que se han convertido en una forma muy reciente de afectar la tranquilidad y la paz de los ciudadanos por vías violentas para cobrar préstamos, usualmente provenientes del crimen organizado y como forma de legitimación de capitales”, manifestó.
El penalista añadió que desde los Poderes de la República se deben implementar medidas para que la población no los solicite.
“Está claro que en el debate legislativo debería ocupar un primer lugar la atención a estas causas, que originan que muchas personas soliciten estos préstamos”, expresó.
¿QUÉ SON?
Los préstamos “gota a gota” son una forma informal de crédito que se ha vuelto común en varios países, especialmente en América Latina y Asia. Este tipo de préstamo suele caracterizarse por sus altas tasas de interés y la falta de regulación, lo que puede llevar a situaciones de explotación y abuso.
¿QUÉ DICE LA LEY?
Artículo 214 bis. Extorsión cobratoria. Será sancionado con pena de prisión de cuatro a ocho años quien haga uso de amenazas e intimidación de forma personal, a través de terceras personas y por cualquier medio de comunicación, con el fin de obligar a un deudor o sus familiares al pago de la deuda o de la obligación crediticia que le haya sido otorgada.
No obstante, la pena será de cinco a diez años cuando:
a) La amenaza o intimidación se dirija a una persona menor de edad, adulta mayor o con alguna situación o condición de vulnerabilidad.
b) Si el hecho es cometido por dos o más personas.
c) Si agredieran física o psicológicamente a la víctima.
d) Si el hecho es cometido con armas o mediaran daños a la propiedad.
Cuando los hechos califiquen como delincuencia organizada la pena será de ocho a quince años de prisión, de conformidad con las normas internacionales vigentes y la Ley 8.754, contra la Delincuencia Organizada, del 22 de julio de 2009.
Características
1.Condiciones informales: Estos préstamos suelen ser ofrecidos por prestamistas informales o “agentes” en lugar de instituciones financieras reguladas. Los contratos suelen ser verbales y no están documentados formalmente.
2.Altas tasas de interés: Los intereses pueden ser extremadamente altos, y a menudo se cobran de manera diaria o semanal, lo que puede hacer que la deuda crezca rápidamente.
3.Métodos de recaudación: Los prestamistas a menudo utilizan métodos de cobranza agresivos, que pueden incluir amenazas, acoso o violencia para asegurar el pago de las deudas.
4.Acceso limitado: Los prestatarios suelen recurrir a estos préstamos porque no tienen acceso a crédito formal debido a la falta de garantías, historial crediticio o documentos necesarios para acceder a préstamos bancarios.