Interpol urge a C.R. materializar extradición de nacionales

Tras entrada en vigor de reforma constitucional

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La reciente reforma al artículo 32 de la Constitución Política, que permite la extradición de nacionales, podría marcar un antes y un después en la cooperación internacional en materia penal. 

Así lo advirtieron autoridades de Interpol en Costa Rica, quienes confían en que, tras esta aprobación, el país finalmente podrá cumplir con procesos recíprocos de extradición y responder a requerimientos judiciales con mayor firmeza.

Raquel Salazar, subjefa de dicha oficina, afirmó durante el programa “OIJ a su servicio”, que la anterior prohibición constitucional se convirtió durante años en un obstáculo para la cooperación judicial con otros países. 

“Esta reforma es clave. Hay países cuyas leyes permiten extraditar a sus nacionales, pero al ver que Costa Rica no lo hace, se niegan a colaborar. Eso nos ha afectado directamente”, explicó.

La reforma, publicada en el alcance número 68 del diario oficial La Gaceta el pasado 28 de mayo, elimina el impedimento constitucional que por décadas blindó a costarricenses requeridos por la justicia internacional. 

Ahora el país podrá formalizar pedidos de repatriación y, al mismo tiempo, cumplir solicitudes que hasta hace poco no tenían respaldo legal.

Salazar subrayó que el cambio no solo refuerza la seguridad jurídica, sino también la imagen internacional del país. 

“Extraditar a nuestros ciudadanos cuando corresponde envía un mensaje claro de reciprocidad y madurez institucional. Mejora nuestra reputación y facilita futuras solicitudes para traer a sospechosos de vuelta al país. En algunos casos, no se logra probar el delito aquí, pero sí en el extranjero, y eso no puede quedar impune”, señaló.

Por su parte, Osvaldo Ramírez, jefe de Interpol Costa Rica, indicó que uno de los delitos más sensibles en este tipo de procesos son los abusos sexuales contra menores de edad. “Hemos enfocado gran parte de nuestra atención en este tema. Contamos con respaldo internacional, especialmente de la Unión Europea, y trabajamos investigaciones que buscan erradicar este crimen que afecta
profundamente a nuestras sociedades”, recalcó.

Ambos funcionarios destacaron que la oficina local de ente funge como rostro del OIJ ante la comunidad policial global. 

“Representamos a Costa Rica ante el mundo. Debemos mantener estándares altos de profesionalismo y coordinación para garantizar confianza entre cuerpos policiales”, indicaron.

Sobre cómo funciona el procedimiento, Salazar explicó que una vez que el OIJ emite una orden de captura internacional, Interpol localiza al sospechoso en el país requerido. 

“Si detectamos que está en México, por ejemplo, coordinamos con las autoridades mexicanas, les facilitamos la información y ellos hacen la detención. Desde ahí gestionamos su traslado a Costa Rica”, detalló.

Sin embargo, pese a la reforma constitucional ya vigente, el país aún no ha concretado una extradición bajo este nuevo marco. 

¿Qué dicen las autoridades?

Fernando Ramírez, director del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) y uno de los impulsores de la iniciativa, explicó que aún existen limitaciones. 

“Aunque se reformó la Constitución, hay leyes de menor rango que todavía regulan los tratados bilaterales y multilaterales con otras naciones. Para que una extradición proceda, estos convenios deben actualizarse”, afirmó.

Además, recordó que la Ley de Extradición Costarricense, vigente actualmente, también requiere ajustes. 

Los diputados ya analizan una reforma a este cuerpo normativo para establecer con claridad los criterios y procedimientos que permitan dar operatividad a la reforma constitucional.

Asimismo, solo se quedó limitado a la posibilidad de extraditar nacionales por condenas de tráfico internacional drogas y terrorismo, es decir no procede por delitos sexuales.

Por ahora, Interpol y el OIJ aguardan con expectativa la aplicación real de esta herramienta jurídica que, según sostienen, podrá cerrar el cerco a criminales que se escudan tras las fronteras.

Cambios en la Constitución

“Ningún costarricense podrá ser compelido a abandonar el territorio nacional, salvo en caso de tráfico internacional de drogas, o terrorismo haya sido concebida la extradición por los Tribunales de Justicia, con estricto apego a los derechos fundamentales y garantías procesales reconocidas en esta Constitución, en los tratados internacionales y en las leyes”.

Fuente: Constitución Política, artículo 32