Mediante el oficio CR-INCOP-GG-2022-0625, fechado 9 de agosto de 2022, Alberto Morales Argüello, gerente general del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (Incop), le indica a Rebeca Varela Escobar, jefa a.i. de la Unidad de Capital Humano, proceder con el nombramiento interino de Olger Pérez Miranda en la plaza de Profesional Jefe de Servicio Civil 3, como jefe de la Unidad de Supervisión y Control, a partir del 16 de agosto, “hasta que se saque a concurso la respectiva plaza y se nombre en propiedad a la persona seleccionada”.
Sin embargo, dicha orden no procede porque en oficio CR-INCOP-UCH-2022-0245, fechado 11 de agosto de 2022, la propia Varela Escobar le contesta a Morales Argüello que Pérez Miranda no cumple con los requisitos del puesto, entre ellos el de supervisión de personal que se requiere en el sector público.
“No se visualiza en el expediente laboral del señor Olger Pérez certificación de instituciones públicas, ni privadas, referente a experiencia en labores profesionales, por lo que se toma solamente la experiencia profesional en la institución.
-En Supervisión de Personal: Se revisa el expediente laboral del señor Olger Pérez y no se visualiza documentos que hagan constar que el señor Pérez Miranda haya supervisado personal profesional en instituciones públicas ni privadas”, señala el oficio.
PRESIDENTE DEL INCOP
Sin embargo, pese a lo señalado por Varela Escobar, el presidente ejecutivo del Incop, Widman Cruz Méndez, le indica bajo oficio CR-INCOP-PE-0641-2022, fechado 22 de agosto de 2022, a Morales Argüello proceder con el nombramiento de Pérez Miranda de manera interina.
Al parecer Cruz Méndez dijo a los funcionarios del Incop que se debe nombrar a Pérez Miranda, aunque este no cumpla los requisitos. Este hecho en apariencia genera malestar en la institución porque en esta existen funcionarios que sí cumplen con ese requerimiento para el puesto de jefe de la Unidad de Supervisión y Control.
Precisamente DIARIO EXTRA solicitó las respuestas del caso al Incop mediante su departamento de prensa, donde Paola Madrigal dijo que nos haría llegar la declaración de Cruz Méndez, sin embargo a la hora de cierre de esta edición no había respondido.
Cabe señalar que el presidente ejecutivo del Incop no debe permitir que nombren a una persona que no cumple con los requisitos, no solo porque otros funcionarios tienen los atestados para asumir el cargo, sino también porque se trataría de un nombramiento ilegal, que significaría un delito que está tipificado en el Código Penal.
Cruz Méndez procedió a ordenar nuevamente el nombramiento de Pérez Miranda, a sabiendas de que no cumple con los requisitos, lo cual realiza mediante oficio CR-INCOP-PE-0641-2022.
También instruyó a la gerencia general para incurrir en el error y que esta ordenara a la Unidad de Capital Humano a nombrar a Pérez Miranda al alegar que existe un criterio legal que solicitó, el cual adjunta en el oficio CR-INCOP-AL-2022-0109
En ese documento señala que la experiencia en supervisión de personal profesional no debe ser necesaria en el sector público, criterio que a todas luces contraviene lo establecido en el Perfil de Profesional Jefe 3 del Manual de Clases Anchas del Servicio Civil.
Ese oficio adjunta una certificación emitida por Alunasa, donde señala que Pérez Miranda desempeñó algunos puestos de jefatura, pero no indica que tenga experiencia en supervisión de personal profesional.
Por otro lado, dicha certificación, que viene con un “A quien interese”, no trae fecha de emisión ni de vencimiento. Además Alunasa está cerrada desde el año pasado por cese de operaciones.
Si bien es cierto la orden que Cruz Méndez dio a Morales Argüello para el nombramiento de Pérez Miranda no ha sido acatada por la Unidad de Capital Humano, la intención es que se le designe a partir del 1 de setiembre de 2022, según oficio CR-INCOP-PE-0641-2022.