El reciente caso de una funcionaria del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) que realizó viajes al extranjero aunque se encontraba incapacitada desde 2019 no es solo un episodio aislado de presunto abuso, sino el reflejo de una problemática más profunda que aqueja a nuestra Administración Pública: el uso indebido de dichas licencias laborales.
La situación revelada por este medio pone sobre la mesa varios aspectos preocupantes. No solo estamos ante una empleada pública que aparentemente violó el reposo médico al efectuar cuando menos seis desplazamientos internacionales, sino que además habría ejercido su profesión como abogada mientras recibía un plus salarial por prohibición. Este caso ejemplifica perfectamente cómo algunas prácticas irregulares se han normalizado en el sector público, lo que erosiona la confianza ciudadana y merma los recursos del Estado.
Es paradójico que, mientras el país atraviesa por una compleja situación fiscal y se exige a los costarricenses mayores sacrificios, existan funcionarios que encuentran resquicios para mantener privilegios injustificados.
Una incapacidad de seis años, como la del caso en cuestión, debería haber derivado hace tiempo en una evaluación para determinar si procedía una pensión por invalidez, como indican los expertos consultados.
La reciente Ley Marco de Empleo Público representa un paso significativo en la dirección correcta. Esta reforma introduce elementos de modernización y estandarización en la gestión del recurso humano estatal, pero su éxito dependerá de la voluntad política y administrativa para implementarla efectivamente. Las instituciones públicas deben aprovechar esta nueva normativa para establecer controles más rigurosos sobre las ausencias prolongadas de personal.
Es fundamental entender que el derecho a la incapacidad laboral es una garantía social importante que protege a los trabajadores en momentos de vulnerabilidad por razones de salud. Sin embargo, cuando se distorsiona y se convierte en un mecanismo de evasión de responsabilidades laborales, no solo se comprometen recursos públicos, sino que se socava la legitimidad misma del sistema de seguridad social.
Las autoridades de la cartera han actuado correctamente al iniciar un procedimiento administrativo disciplinario en este caso. Pero todas las instituciones públicas deberían realizar una revisión exhaustiva de las licencias prolongadas en sus planillas.
Es necesario establecer protocolos más estrictos de seguimiento y verificación, así como mecanismos de coordinación más eficientes con la Caja Costarricense de Seguro Social.
La reforma del empleo público debe ser el punto de partida para una transformación más profunda en la cultura institucional. Las jefaturas deben asumir un papel más activo en el control y seguimiento de las incapacidades, y los departamentos de recursos humanos necesitan desarrollar sistemas de alerta temprana que permitan identificar patrones sospechosos en el uso de licencias médicas.
También es momento de considerar la implementación de programas de reincorporación laboral progresiva y de readaptación de funciones para aquellos empleados públicos que, sin estar totalmente indispuestos, podrían desempeñar otras labores dentro de la institución. Esto no solo beneficiaría al Estado en términos de productividad, sino que también contribuiría a la recuperación y bienestar de los trabajadores.
El caso del MOPT sirve como catalizador para un cambio en la gestión de las incapacidades en el sector público.
No permitamos que las excepciones se conviertan en regla, ni que los recursos destinados a proteger a quienes lo necesitan sean desviados por prácticas abusivas.