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El diputado del Frente Amplio (FA) Gerardo Vargas presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del sistema de elección que se utiliza en el Congreso para elegir puestos como el presidente de la Asamblea Legislativa, contralor o subcontralor.
El congresista asegura que se le violenta su derecho a escoger, ya que la normativa ordena que los votos nulos o que refieran al nombre de otro postulante se sumarán a quien resulte con mayoría de votos.
Justamente, en la reciente elección del Congreso, en una tercera ronda de votación, teniendo como únicos candidatos a los diputados Gonzalo Ramírez y Ottón Solís, el diputado del Frente Amplio votó por sí mismo, colaborando de forma indirecta para que Ramírez ganara, ya que su voto le fue sumado. Esta decisión le ha costado múltiples críticas a lo interno de su agrupación, quienes rechazan la postulación de un diputado cristiano.
“Ese reglamento fue hecho por el bipartidismo y es un reglamento hecho a la medida de ellos, lo que el artículo 201 hace es violar el derecho de la libertad de votación.
La legislación es muy clara, el ciudadano costarricense, va y vota y elige por quien quiere. Y el artículo 201 lo que hace es agarrar el voto de un diputado, que no está de acuerdo con los candidatos que hay, y se lo da al que tiene más votos, eso es violar el derecho de quien tiene libertad de votación. Yo voté por mí mismo y lo que hacen es agarrar mi voto y dárselo a una persona a la que yo no se lo di: están violando mi libertad de elección” insistió.
El artículo 201, establece:
“Toda elección deberá hacerse por papeletas que contengan los nombres y apellidos de los respectivos candidatos, las cuales no serán firmadas por los votantes. La Secretaría, antes de proceder al escrutinio contará el número de papeletas para verificar si éste coincide con el número de votantes. Hecho el escrutinio por el Directorio, la Secretaría anunciará a la Asamblea su resultado, y el presidente expresará quién o quiénes han sido elegidos. Para que haya elección se necesita la mayoría absoluta de los votos presentes. El voto del diputado que dejare de elegir o que se retirare cuando se estuviere verificando la elección se sumará en favor de quien hubiere obtenido el mayor número de votos; pero si resultare empate en la votación y si repetida ésta, diere el mismo resultado, entonces la suerte decidirá a qué personas se adjudican los votos de los que se
ausentaren o hubieren dejado de elegir”.