
El Ministerio de Hacienda salió al paso de las críticas hechas al proyecto de Ley que pretende gravar las llamadas “casas de lujo”, con un impuesto del 0,5%.
Según los datos de la administración tributaria solo el 2% de las propiedades (casa más terreno) en Costa Rica tienen un valor registral superior a los ¢150 millones.
Frente a este escenario, aseguran que un 98% de las propiedades no pagarán este impuesto y eso incluye a las casas de clase media, que de acuerdo con sus análisis quedarán exentas.
Tampoco estarían gravadas, las propiedades donde se desarrollen actividades agrícolas, pecuarias, forestales y las dedicadas para la conservación de recursos naturales.
Lo mismo aplica para las agroindustriales, las comerciales y las que tienen uso de oficinas, ni los inmuebles de ¢150 millones o más que no cuenten con una vivienda.
Explicaron que hay casos considerados como excepcionales que están siendo contemplados en el artículo 7 del proyecto de ley, vía el mecanismo de exención para que no paguen el impuesto.
“La información para el cobro se tomará de las municipalidades y del Registro Nacional. Los valores que se utilizarán serán los que provienen de las propias declaraciones que los contribuyentes presentan en las municipalidades, de avalúos municipales o de hipotecas anotadas en el Registro Nacional”, indicó Hacienda.
Este tributo gravaría a todos los inmuebles de lujo de uso habitacional, ocasional o de recreo, cuyo valor sea igual o mayor a unos ¢150 millones (es decir, el equivalente a 325 salarios base para cada año).
El proyecto de ley se maneja en la Asamblea Legislativa bajo el expediente 22.382 “Impuesto a inmuebles de lujo para uso habitacional, ocasional o de recreo”.
Este deroga y sustituye el actual Impuesto Solidario para el Fortalecimiento del Programa de Vivienda, creado en noviembre de 2008. Para Hacienda, esta propuesta simplifica la estructura del impuesto lo que garantiza una más efectiva recaudación del impuesto.
De los recursos generados, se le asignará al Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) una partida anual, vía transferencia, superior a ¢4.000 millones (8.655 salarios base).
El proyecto de ley es enfático en que ese dinero deberá usarse para financiar programas públicos de atención de asentamientos informales, erradicación de precarios, así como dotar de vivienda digna a personas y familias en condición de pobreza y pobreza extrema.
La Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda estará encargada del cobro, recaudación, administración y fiscalización de este impuesto, cuyo periodo fiscal será anual.