Comentario
Por las circunstancias del nacimiento, la incidencia tan importante de uno de los indicadores de la herencia genética, existen seres humanos que sobreviven con una limitación física, desde grave e incurable, hasta aquellas que son una limitación física que permite al individuo llevar una vida relativamente normal. El caso más agudo es en las personas que nacen con algún tipo de parálisis cerebral, pero en forma descendente hay más padecimientos que requieren un auxilio para su movilidad o traslado.
Precisamente, hace alrededor de cinco años se aprobó una ley que favorece a la familia de estos pacientes, para gozar de la ventaja de comprar un carro con un rebajo absoluto y sustancial en los impuestos que se pagan por un carro nuevo. Esto puede cambiar la vida de una persona con discapacidad y su familia, por eso la destaco, en caso de que, por desconocimiento o poca difusión, no haya llegado a tanto ser necesitado.
Me refiero a la ley para la exportación para vehículos para personas con discapacidad, que está basada en la Ley 8.444 y da el derecho a la población de exonerar un vehículo que no sea mayor a los $35 mil de su valor fiscal, que es el que incluye los impuestos. Los trámites iniciales se hacen en el Departamento de Exenciones del Ministerio de Hacienda, y requieren el respaldo de los respectivos dictámenes médicos.