Ante el incumplimiento del país, de no aprobar aún la ley que regule la aplicación de la técnica de Fertilización In Vitro (FIV), es la razón por la que hoy Boris Molina, abogado de las familias que demandaron a la nación, presentará una solicitud de sanciones contra Costa Rica, ante la sede ubicada aquí de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Se esperaba que el 20 de diciembre anterior, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaran la Ley de Fecundación In Vitro y Transferencia de Embriones Humanos, esto tras una sentencia emitida en diciembre del 2012 por la Corte Interamericana de de Derechos Humanos, en Washington, obliga al Estado a ofrecer dicha técnica de reproducción asistida y a derogar la prohibición existente desde el 2000.
Para Molina, lo que se ha dado es una ineficacia del gobierno y falta de voluntad para que la FIV se implemente en el país, por lo que solicitará la máxima sanción que es una sentencia de incumplimiento, la cual deberá ser determinada por la Organización de Estados Americanos (OEA).
“Todo esto coincide con el vencimiento del plazo para referirnos al informe anual del Estado ante la Corte Interamericana y, por supuesto, que daremos un informe completamente negativo y solicitaremos las mayores sanciones para este Estado que tan ineficientemente ha respondido. Al punto que, por ejemplo, la Asamblea Legislativa hoy (ayer) mandó al lugar 16 este proyecto y muestra su total desinterés”, aseguró Molina.
Entre otros, la parte dispositiva de la sentencia emitida en diciembre del 2012, por la Corte Interamericana de Derechos Humanos se indica, entre otros, que “el Estado debe regular, a la brevedad, los aspectos que considere necesarios para la implementación de la FIV, teniendo en cuenta los principios establecidos en la presente Sentencia, y debe establecer sistemas de inspección y control de calidad de las instituciones o profesionales calificados que desarrollen este tipo de técnica de reproducción asistida. El Estado deberá informar anualmente sobre la puesta en vigencia gradual de estos sistemas, de conformidad con el párrafo 337 de la presente Sentencia”.
Además se le dio como plazo un año, para que el Estado rindiera a ese Tribunal un informe general sobre las medidas adoptadas para cumplir la sentencia.
Por otro lado, la Sala Constitucional volvió a rechazar de plano el recurso de amparo interpuesto por Molina en el que se le solicitó a los magistrados determinar, con nombres y apellidos, las personas e instancias que obstaculizan la aprobación de la normativa que regula la FIV y sobre el particular puntualizó que “este fallo significa un avance más en nuestra lucha. La Sala vuelve a rechazar el recurso y nos manda a la vía contenciosa para que se defina la ejecución de la sentencia de la Corte Interamericana; pero dos magistrados nos han dado la razón y sientan un precedente muy importante”, afirmó Molina.