Hombres podrían decidir si aplican aborto terapéutico a parejas

En caso de que mujeres no estén en capacidad de dar consentimiento

La nueva norma de aborto terapéutico otorgaría poder a los hombres para decidir si sus parejas deben o no someterse a este procedimiento, ya que el equipo médico estaría obligado a escuchar la recomendación del padre en caso de que la mujer no pueda dar su consentimiento.

El nuevo decreto, que hasta este jueves aún no había sido publicado en La Gaceta, establecería como principal cambio que la decisión no sea exclusiva del personal médico que valore el embarazo de alto riesgo. 

Así se desprende del documento divulgado por el medio digital CRHoy, en el que incluso figuran las firmas del presidente de la República, Rodrigo Chaves, y de la ministra a. i. de Salud, Mariela Marín.

Además de los cónyuges o compañeros, la norma daría esta potestad de recomendar o no la aplicación del procedimiento a familiares y, en caso de ausencia, incluso a personas de confianza.

“En aquellas situaciones en que la mujer se encuentre sin capacidad cognitiva o jurídica de consentir el procedimiento de terminación del embarazo, prevalecerá la recomendación del grupo de profesionales médicos, tomando en consideración la voluntad del cónyuge, la pareja actual, el padre del nasciturus o un acompañante de su confianza mayor de edad, según sea el caso, y se regirá por los lineamientos de esta Norma Técnica”, reza el texto.

A diferencia de la normativa vigente desde 2019, elaborada durante la administración Alvarado Quesada, esta delegaba únicamente la decisión al personal médico con criterio técnico, dejando la participación de terceros solo en el caso de pacientes menores de edad.

“Es inconstitucional”

Aunque desde Presidencia aseguran que la nueva metodología busca llenar vacíos legales de la normativa anterior, expertos en la materia han cuestionado la decisión del presidente Rodrigo Chaves.

La abogada especialista en Derechos Humanos, Larissa Arroyo, calificó la medida como “inconstitucional”, al considerar que restringe el artículo 121 del Código Penal y deja por fuera el criterio de salud.

“Creo que en lo que hay que enfatizar es que contraviene el 121 de manera muy evidente, y eso es una prueba más del ataque a la democracia y al Estado de derecho. Ya el tema no es si se está a favor o en contra, sino un ataque a la institucionalidad”, expresó Arroyo.

El nuevo texto también limita aún más la posibilidad de acceder a este tratamiento, al establecer que “la terminación anticipada del embarazo solo podrá ser considerada ante el fracaso de todas las medidas utilizadas para tratar y estabilizar las patologías de fondo graves que están descompensadas y fuera de control”.

Por su parte, la diputada frenteamplista Rocío Alfaro calificó la acción del Ejecutivo como una regresión en materia de derechos y aseguró que se trata de una decisión tomada “con fines politiqueros”.

“Que se haya derogado la norma técnica que estaba vigente para aplicar una ley de los años 70 es simplemente una vergüenza para este país que se considera defensor de los derechos humanos”, subrayó la legisladora.