
De forma indirecta, y a través de varias personas amigas cercanas, en las últimas semanas me he enterado de un caso que me ha impactado enormemente por las deficiencias presentadas para garantizarle a las personas una tutela judicial efectiva de sus derechos fundamentales en nuestro país.
Me referiré hoy a la situación que está afectando a casi un centenar de estudiantes de Medicina que no han podido ejercer a la fecha, su derecho a la información y a una legítima defensa para poder acceder a un examen de su propiedad intelectual que les fue realizado por una empresa privada y extranjera.
La Caja Costarricense de Seguro Social contrató esa prueba de evaluación que debieron realizar oportunamente los estudiantes que ya concluyeron su plan de estudios de Medicina en las distintas universidades. De la aprobación o no de dicho examen, depende que puedan realizar o no su práctica de internado en los distintos centros hospitalarios del país.
Mediante esa asignación de los denominados “campos clínicos”, los estudiantes de Medicina podrán o no graduarse como profesionales después de cumplir satisfactoriamente esa práctica profesional supervisada, evaluada y no remunerada. Para la Caja esta mano de obra de los futuros médicos es totalmente gratuita, y resulta fundamental para atender las múltiples necesidades en los centros hospitalarios del país.
Nadie pone en tela de duda la importancia y la necesidad de que los estudiantes que ingresan al internado deban haber demostrado su excelencia académica no solo a lo largo de los duros años de estudio de la carrera, sino a través de una prueba de ingreso que permita evaluar y medir objetivamente los conocimientos académicos y profesionales necesarios.
La Caja, hace unos pocos años, decidió trasladar esa responsabilidad a una empresa privada y extranjera. Es decir, la evaluación o examen para ingresar al internado en Medicina de nuestro país no está bajo el control de las autoridades administrativas y competentes a nivel nacional. Durante muchos años fue el Cendeiss la instancia encargada de realizar dicha evaluación a los estudiantes. La responsabilidad fue delegada como se indicó a otras manos extranjeras con muchas dudas y problemas derivados hasta la fecha, producto de esa decisión. Llama la atención que el Cendeiss continúe, eso sí, teniendo el control del ingreso a las especialidades médicas en los hospitales de la Caja.
Al margen de la rigurosidad científica y la pertinencia del examen que se les practica a los estudiantes de Medicina para decidir o no su ingreso al internado, lo que realmente es preocupante y violatorio de los derechos más elementales es que, después de realizada, les den un puntaje sin posibilidad de poder tener acceso a la prueba realizada para revisarla y saber si está bien calificada o no, o bien al menos identificar los aspectos en los que pudo haber fallado. En todo proceso de enseñanza-aprendizaje, lo anterior constituye un derecho indiscutible.
Esta evaluación debería poder ser recurrida o apelada ante algún órgano competente como cualquier otra prueba que se realiza en el mundo académico de las universidades de educación superior. Limitarles a estos estudiantes la posibilidad de acceder a la información del examen para eventualmente apelarlo en caso de no estar de acuerdo con la calificación, implica una conculcación clara y directa a la tutela judicial efectiva por parte de los órganos competentes como veremos.
Lo único que se les ha permitido es que pidan una revisión o aclaración del puntaje. En un primer momento, debían pagar una suma en dólares, y posteriormente, después de muchos reclamos de los estudiantes interesados, eliminaron ese costo. Esta “revisión” la realiza la propia empresa extranjera y se la comunica a cada interesado. Es decir, que nunca se les ha facilitado el documento de examen a los estudiantes interesados para que puedan revisarlo directamente y eventualmente discutir sus disconformidades a través de un recurso de apelación ante una instancia académica competente.
La única información proporcionada a cada estudiante es si ha obtenido o no el puntaje establecido para garantizar el ingreso al internado. Dicho puntaje se desconoce bajo qué parámetros fue establecido. De la misma forma, se desconocen las razones por las cuales en otros países dicho parámetro de medición es más bajo. Tampoco hay certeza de que la prueba realmente sea eficiente en la evaluación de las condiciones académicas necesarias de los estudiantes porque las propias universidades no han tenido acceso a esta. A todo esto, si estos actos se dan dentro de un proceso de formación académica de los estudiantes para culminar su carrera universitaria y poder ingresar al mundo profesional, resulta totalmente inaudito que se les haya impedido hasta la fecha ejercer su derecho de información y de defensa garantizados constitucionalmente en nuestro país y por muchos tratados y convenios internacionales aplicables.
Lo que además verdaderamente me ha impactado muchísimo es que estos estudiantes afectados hayan recurrido a la vía del recurso de amparo ante la Sala Constitucional como garante supremo de la protección de los derechos fundamentales en nuestro país y les haya negado el derecho a ser amparados con un fundamento muy cuestionable.
De forma totalmente insólita, el tribunal constitucional declaró sin lugar los recursos de amparo fundamentándose en un precedente de hace poco más de un año de otro estudiante de Medicina que sí tuvo el examen en sus manos para revisarlo e impugnarlo. Inexplicablemente, la Sala aplica el mismo criterio de ese precedente a una situación totalmente distinta, ya que lo reclamado en los recursos presentados en esta ocasión por los estudiantes era precisamente el impedimento de acceder a la información para poder ejercer válidamente su derecho de defensa.
Me preocupa sobremanera que, para todas estas personas afectadas, haya quedado en duda la seriedad de la Sala Constitucional al resolver el caso con base en fundamentos de hecho totalmente distintos a los debatidos en los amparos. Ha quedado en clara evidencia el error de hecho cometido por la Sala y que, de forma incomprensible, se negó a aclarar.
Tampoco en esta materia tan sensible de tutela de derechos fundamentales resultaría válido aceptar una simple remisión a la vía legal correspondiente a sabiendas de que los remedios en esos casos son tardíos e insuficientes. Pero ese es un tema para otra ocasión, porque no hay duda de la tendencia de la Sala Constitucional en los últimos tiempos de evadir responsabilidades y direccionar muchas situaciones jurídicas a la jurisdicción ordinaria.
Después del balde de agua fría recibido por los estudiantes que no fueron tutelados en sus derechos a la información y de defensa, tampoco la jurisdicción contencioso administrativa les ha podido dar solución en los amparos de legalidad que han planteado. En definitiva, los estudiantes están como al principio: totalmente indefensos, sin posibilidades de conocer sus exámenes y menos de poder apelarlos en caso de que procediera.
El asunto está actualmente en manos de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social. Pero este órgano, ante la renuncia de diferentes integrantes, no logra tener el quórum estructural para poder reunirse y resolver esta problemática que está pendiente desde hace muchas semanas.
Hacemos votos para que se logre integrar dicho órgano a la brevedad y logre conocer y resolver sobre esta grave injusticia. Su decisión representa la última oportunidad para estos jóvenes que hasta el momento han visto truncados sus sueños de continuar estudiando por decisiones institucionales que ponen en tela de duda el sistema de protección de derechos en nuestro país.
De lo contrario, y a pesar de que los hospitales nacionales están urgidos de esta mano de obra, estos jóvenes estarían condenados a perder un valioso año de sus vidas con daños de imposible o difícil reparación por la lamentable respuesta de nuestro débil sistema de protección de derechos fundamentales. Sin lugar a dudas, algo muy penoso.
Como siempre, muchas gracias por ser parte de estos \”Diálogos sobre Justicia\”.
*Exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia
Socio Fundador de Decálogo Abogados
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