Hacienda pidió a los grandes contribuyentes hacer las declaraciones y pagos a través del formulario D-110, pero en apariencia muchos no pudieron descargarlo debido a la falta de operación de la página del propio ministerio.
Alicia Avendaño, directora de Tecnologías de la Información de la cartera, manifestó que se está implementando una estrategia de distribución que va en dos líneas de almacenamiento: en la nube y otra presencial.
Señaló que se daría capacitación a las principales firmas de asesoría contable y tributaria.
Francisco Villalobos, de la firma ICS, dijo que hay preocupación ante la gravedad de lo sucedido y la falta de información suministrada por las autoridades.
Hasta ahora lo que se sabe es que los Grandes Contribuyentes deberán pagar sus obligaciones pendientes al 18 de abril del 2022, mediante el uso del formulario Oficial de Pago D-110.
Quienes no sean grandes contribuyentes no están obligados a pagar mediante el formulario Oficial de Pago D-110, pero no estarían impedidos a hacerlo, no obstante, la disposición es que estos últimos paguen hasta que se habilite la plataforma ATV (Administración Tributaria Virtual).
“Si se va a realizar un pago mediante el formulario Oficial de Pago D-110, es muy importante contar con la documentación que confirme los tributos que se están pagando, con el fin de afrontar a futuro cualquier anomalía en el sistema de consulta pública del ATV del Ministerio de Hacienda”, dijo Villalobos.
Advirtió que esto es necesario para demostrar que no se cuenta con pendientes. “Asegúrese de contar con la documentación de respaldo de los créditos de la empresa, entre los cuales se encuentran las certificaciones bancarias de retenciones, certificaciones por retenciones de ventas al Estado, Declaraciones autoliquidativas presentadas y comprobantes de pago”, destacó.
REPRESENTAN 70% DE LA RECAUDACIÓN
Marcelo Guevara, director de la firma Confianz y experto tributario, comentó que se requiere una publicación por parte de Hacienda para comprender los parámetros con los que se va a aplicar esta modalidad extraordinaria de emergencia.
Considera que el problema es que los cajeros de los bancos no están informados de cómo es que operará este formulario especial y eso podría significar un limitante.
“La recomendación es preparar toda la información de la manera más clara, presentar el formulario y aclararle al cajero que se hace así por una situación especial”, comentó.
¿Y por qué deben pagar los grandes contribuyentes primero? Guevara manifestó que es porque estas empresas representan el 70% de la recaudación tributaria.
“Es por eso que Hacienda está urgida en generar un procedimiento diferenciado para readecuar esos fondos para pagar salarios y todas las cargas asociadas. El contribuyente debe usar el D-110 para pagar todos los impuestos que tengan pendientes, ya sean ventas o renta”, explicó.
GRAVE PELIGRO PARA EL CONTRIBUYENTE
Entretanto, el experto tributario Marco Vargas Siles, especificó que el secreto tributario, el cual es tipificado en el artículo 115 y 117 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, busca proteger y equilibrar una serie de derechos del individuo como contribuyente y el Estado, en su criterio se expuso completamente, y hasta ahora no existe una respuesta oportuna de las autoridades competentes.
Vargas, socio director de la firma asesora tributaria VV&A, comentó las graves implicaciones que podría traer este ciberataque para todos los contribuyentes y es que el mismo ministro de Hacienda, Elián Villegas, no descartó que puedan tener los datos de renta.
“Con los hackeos de las bases de datos del Ministerio de Hacienda y con la publicación de información de los contribuyentes en la red oscura, genera un grave peligro a los contribuyentes que depositamos en la administración tributaria información sensible como ventas, gastos, relaciones comerciales con terceros, información de representante legales y otra gran cantidad de información, que no es de acceso público”, explicó Vargas.
Según el especialista, entre las repercusiones de este sensible ataque cibernético están los riesgos reputacionales, la información que llega a manos de la competencia, la revelación de relaciones comerciales con terceros, los patrimonios de los contribuyentes, entre otros.